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Directiva de la Procuraduría General de la Nación sobre la transición hacia la educación inclusiva para estudiantes con discapacidad

Proviene de: Directivas

7 de abril de 2026 17:55:10

Entidad emisora y contexto legal

La Directiva No. fl 05 de 2026 fue emitida el 18 de febrero de 2026 por la Procuraduría General de la Nación, en ejercicio de sus funciones constitucionales y legales. Esta normativa responde a un marco jurídico robusto que incluye la Constitución Política de Colombia, la Ley 115 de 1994 (Ley General de Educación), la Ley 1098 de 2006 (Código de Infancia y Adolescencia), la Ley 1346 de 2009 (Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad), y la Ley 1618 de 2013, entre otras disposiciones que garantizan los derechos de las personas con discapacidad y su acceso a una educación inclusiva y de calidad. Asimismo, considera la jurisprudencia reciente de la Corte Constitucional que ha señalado la segregación educativa como una forma prohibida de discriminación.

Objeto y destinatarios de la directiva

La directiva está dirigida principalmente al Ministerio de Educación Nacional, a las Secretarías de Educación departamentales, distritales y municipales, a los establecimientos educativos oficiales y privados, y a las entidades de control y defensa de los derechos como la Procuraduría Delegada para la Defensa de la Infancia, la Adolescencia, la Familia y la Mujer, las Procuradurías Regionales y Provinciales, la Defensoría del Pueblo y las Personerías. Estos destinatarios son esenciales para garantizar la implementación efectiva de los lineamientos y la supervisión del proceso de transición hacia la educación inclusiva.

Objetivo principal

El propósito fundamental de esta directiva es promover la eliminación progresiva de las aulas pedagógicas especiales o segregadas, para garantizar que los estudiantes con discapacidad accedan y permanezcan en aulas regulares, bajo un modelo educativo inclusivo que respete sus derechos y necesidades. Busca asegurar que la transición se realice de manera planificada, gradual y con garantías suficientes para proteger el interés superior del niño, niña o adolescente, evitando cualquier retroceso en la calidad y continuidad educativa.

Instrucciones y lineamientos clave

Entre las principales disposiciones de la directiva se encuentran:
  • Para el Ministerio de Educación Nacional: deberá impartir lineamientos claros y uniformes para eliminar progresivamente las aulas segregadas, establecer directrices para la transición planificada de estudiantes, fortalecer la asistencia técnica a las entidades territoriales e instituciones educativas, y promover programas de formación docente en educación inclusiva y ajustes razonables.
  • Para las Secretarías de Educación: se ordena identificar y caracterizar las aulas segregadas existentes, diseñar planes territoriales de transición con cronogramas y recursos asignados, garantizar ajustes razonables en infraestructura y apoyos pedagógicos, y fomentar procesos de sensibilización para prevenir la discriminación y promover la cultura inclusiva.
  • Para los establecimientos educativos oficiales y privados: se exige garantizar la matrícula y permanencia de estudiantes con discapacidad en aulas regulares, implementar ajustes razonables pedagógicos, curriculares y evaluativos, adecuar progresivamente las instalaciones para accesibilidad universal, y promover la participación activa de familias y estudiantes en la definición y seguimiento de dichos ajustes.
Además, la directiva establece que las autoridades educativas deben facilitar a la Procuraduría General de la Nación la información necesaria para el seguimiento preventivo, especialmente sobre la transición de aulas segregadas y la implementación de ajustes razonables, con un plazo máximo hasta el 28 de agosto de 2026 para reportar avances.

Base legal y relación con normativas previas

La directiva se fundamenta en un sólido cuerpo normativo que incluye la Constitución Política (artículos 44 y 67), la Convención sobre los Derechos del Niño, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, leyes nacionales específicas para la educación y discapacidad, y el Decreto 1421 de 2017 que desarrolla el modelo de educación inclusiva en Colombia. Además, complementa y refuerza mandatos jurisprudenciales recientes de la Corte Constitucional que han definido parámetros claros para la inclusión educativa, prohibiendo la segregación y destacando la responsabilidad de las entidades educativas en la realización de ajustes razonables.

Impacto potencial

Esta directiva representa un paso significativo para avanzar hacia un sistema educativo más inclusivo, respetuoso de la diversidad y los derechos de las personas con discapacidad. Al exigir una transición planificada y con apoyo técnico y pedagógico, busca superar modelos segregadores que aún persisten y que son incompatibles con el marco constitucional y legal vigente. La implementación efectiva de estos lineamientos permitirá mejorar la calidad educativa, promover la igualdad de oportunidades y fortalecer la participación de estudiantes y familias en el proceso educativo. El cumplimiento de esta directiva implica un compromiso conjunto de las autoridades educativas, instituciones y comunidad educativa para transformar las prácticas, infraestructuras y actitudes, creando ambientes escolares accesibles, acogedores y libres de discriminación. El seguimiento a cargo de la Procuraduría General de la Nación garantizará que este proceso se realice con transparencia y responsabilidad, protegiendo el derecho fundamental a la educación inclusiva de todos los niños, niñas y adolescentes con discapacidad en Colombia.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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