Entidad emisora y marco legal
La Resolución 0669 de 2026 fue expedida el 1° de abril de 2026 por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, a través de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional. Esta normativa fue publicada en el Diario Oficial No. 53.450 el 6 de abril de 2026 y se fundamenta en diversas disposiciones legales incluyendo el artículo 15 de la Ley 185 de 1995, el Decreto 1068 de 2015, el Decreto 244 de 2026 y resoluciones previas del Ministerio.
Objeto y alcance de la resolución
El tema principal de esta resolución es la autorización para que la Nación, representada por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, celebre operaciones de manejo de deuda pública interna. Esto comprende la recompra y redención anticipada de Títulos de Tesorería TES Clase B denominados en pesos y Unidades de Valor Real (UVR), con precios por debajo de par en el momento de la operación, hasta por un monto nominal de veinte billones de pesos ($20.000.000.000.000).
El destinatario principal de esta resolución son los agentes de transferencia, específicamente los Creadores de Mercado para Títulos de Deuda Pública designados para el año 2026, quienes participan activamente en la negociación de estos títulos. Este grupo es relevante porque actúa como intermediario en el mercado secundario y facilita la ejecución de la recompra autorizada.
Objetivo y finalidad
El objetivo de la resolución es robustecer la gestión financiera del país mediante operaciones que no incrementen el endeudamiento neto, pero que mejoren el perfil de la deuda pública en aspectos como el plazo, la tasa de interés y la exposición a moneda extranjera. En concreto, se busca realizar operaciones que optimicen el servicio de la deuda, mejoren la liquidez y reduzcan los costos financieros del Estado, sin implicar nuevo financiamiento.
Decisiones y regulaciones principales
La resolución establece las condiciones y el procedimiento para la recompra de títulos, incluyendo:
- La recompra se realizará exclusivamente sobre Títulos de Tesorería TES Clase B de corto plazo, denominados en pesos y UVR, que tengan precios por debajo de par.
- El Ministerio de Hacienda y Crédito Público determinará y anunciará los precios y tasas de rendimiento antes de la operación.
- Los agentes de transferencia presentarán ofertas firmes indicando los montos en valor nominal que desean vender.
- La adjudicación de las ofertas se realizará con base en criterios de optimización del perfil de vencimientos, servicio de la deuda, liquidez y flujo de caja.
- Se establecerá un monto mínimo de oferta de mil millones de pesos.
- Se aplicará un mecanismo de prorrateo para adjudicar las ofertas cuando sea necesario.
- Una vez recomprados, los títulos serán declarados de plazo vencido y redimidos anticipadamente sin que ello implique operación presupuestal.
- Se autoriza además la realización de todas las operaciones conexas necesarias para llevar a cabo estas transacciones.
Base legal y modificaciones
La resolución se fundamenta en el artículo 15 de la Ley 185 de 1995, el Decreto 1068 de 2015, y el Decreto 244 de 2026, además de resoluciones anteriores del Ministerio como la 2650 de 1996 y la 2563 de 2011. No modifica ni revoca normas previas, sino que desarrolla y concreta la autorización para operaciones específicas de manejo de deuda que ya estaban contempladas en el marco normativo vigente.
Plazos y vigencia
La resolución entra en vigor a partir de su publicación en el Diario Oficial, lo que se consideró cumplido con la orden impartida por la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional. Los plazos para la ejecución de las operaciones de recompra se establecerán en las convocatorias que realice el Ministerio, atendiendo a las condiciones de mercado y a las ventanas adecuadas para optimizar los resultados.
Impacto potencial
Esta medida permitirá al Estado colombiano administrar de forma más eficiente su deuda pública interna, aprovechando oportunidades de mercado para reducir costos y mejorar el perfil financiero. Al no incrementar el endeudamiento neto, se mantiene el control sobre los límites fiscales, mientras se generan ahorros presupuestales en el servicio de la deuda. Además, al establecer un procedimiento claro y transparente para la recompra, se fortalece la confianza de los agentes del mercado y se promueve la estabilidad financiera.