La Superintendencia Nacional de Salud emitió una nueva circular externa que establece modificaciones en las instrucciones para el reporte de información financiera por parte de los generadores de recursos, tales como loterías, apuestas permanentes, productores e importadores de licores, cervezas, sifones, cigarrillos y tabaco elaborado. Estas medidas actualizan y ajustan las directrices contenidas en las circulares externas 047 de 2007, 016 de 2016 y 2023151000000005 -5 de 2023, con el propósito de optimizar la supervisión y control del sistema general de seguridad social en salud.
Actualización de códigos y ajustes técnicos
Se inactivan los códigos “09” y “12” en la tabla de identificador de negocio para generadores de recursos, quedando vigente un listado actualizado que incluye regímenes contributivo y subsidiado, planes de atención complementaria, prestadores de servicios, generadores de lotería, concesionarios de apuestas, productores e importadores de licores, cervezas, juegos localizados y novedosos, entre otros.
Además, se inactiva la tabla de referencia correspondiente al Decreto 2650 de 1993, debido a su derogación con la implementación de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF).
Requisitos para reporte y presentación de archivos
Se adicionan anexos técnicos específicos para generadores de recursos importadores, con formatos detallados para catálogos de información financiera, estados financieros, dictámenes de revisor fiscal, informes de gestión y proyectos de distribución de utilidades. Los generadores de recursos deberán reportar esta información bajo los marcos técnicos contables vigentes para los grupos 1, 2 y 3, con periodicidad trimestral o anual según corresponda, y con firma digital del representante legal, contador público y revisor fiscal cuando aplique.
Se establece que, en caso de que algunos archivos como dictámenes o proyectos de distribución de utilidades no apliquen, se debe remitir una certificación justificando esta situación.
Vigencia y cumplimiento
La circular externa entró en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial y en la página web de la Superintendencia Nacional de Salud. Estas disposiciones son de obligatorio cumplimiento para todos los sujetos vigilados, con el fin de garantizar una adecuada gestión, inspección y control de los recursos del sistema de salud.
Con estas actualizaciones, la Superintendencia Nacional de Salud reafirma su compromiso con la transparencia y eficiencia en la administración de los recursos públicos destinados al sector, alineándose con las normas contables y legales vigentes. Así, se busca fortalecer la confianza en la gestión financiera del sistema de salud y optimizar la distribución y uso de los recursos para beneficio de la población.Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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