Contexto y entidad emisora
El proyecto de decreto, anunciado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, buscaría reglamentar el artículo 338 de la Ley 2294 de 2023, publicado recientemente. Este artículo permitiría que las obligaciones originadas en sentencias o conciliaciones debidamente ejecutoriadas y en mora hasta el 31 de diciembre de 2023 fueran reconocidas y pagadas como deuda pública, con cargo al servicio de deuda del Presupuesto General de la Nación.
La iniciativa se enmarca en la necesidad de implementar lo previsto en dicha Ley y en el cumplimiento de la sostenibilidad fiscal establecida por el Acto Legislativo 03 de 2011, que permite modular los efectos financieros de sentencias contra entidades estatales.
Propósito y grupos afectados
El propósito principal del proyecto sería establecer las gestiones que deberían adelantar las entidades que integran el Presupuesto General de la Nación para la adecuada identificación, reconocimiento y pago de las obligaciones surgidas de sentencias o conciliaciones en mora. Estas entidades serían responsables por la veracidad y oportunidad de la información remitida y por realizar las gestiones necesarias para el pago.
Los principales afectados serían las entidades estatales obligadas a pagar estas sentencias y conciliaciones, así como los beneficiarios finales, personas naturales o jurídicas titulares de los derechos de cobro.
Modificaciones y procesos propuestos
El proyecto introduciría un procedimiento detallado para la liquidación y pago de estas obligaciones, incluyendo:
- La invitación pública que cada entidad estatal debería realizar para que los beneficiarios finales conozcan el proceso y puedan celebrar acuerdos de pago.
- La convocatoria formal a los beneficiarios finales para negociar y suscribir acuerdos de pago voluntarios que podrían incluir la reducción y suspensión temporal de intereses.
- La obligación para las entidades estatales de emitir resoluciones de liquidación que discriminen montos y beneficiarios.
- La asignación de turnos de pago que diferenciaría entre providencias con y sin acuerdo de pago.
- El reconocimiento formal de estas obligaciones como deuda pública mediante resolución expedida por la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
- El pago a los beneficiarios a través del Sistema Integrado de Información Financiera (SIIF) Nación.
- La suscripción de un Acuerdo Marco de Retribución entre el Ministerio y las entidades estatales para establecer las condiciones del pago y el reintegro a la Nación.
Acciones y responsabilidades
Las entidades estatales tendrían la responsabilidad de identificar adecuadamente las obligaciones, realizar la valoración y remitir certificaciones firmadas por sus representantes legales al Ministerio de Hacienda para que se proceda al reconocimiento como deuda pública.
Además, deberían administrar y archivar toda la documentación relacionada, cumplir con el proceso de compensación tributaria con la DIAN y garantizar la publicación y transparencia de las invitaciones para acuerdos de pago.
El proyecto establecería que la responsabilidad de la veracidad y oportunidad de la información recaería exclusivamente en cada entidad estatal, sin que ello implique responsabilidad para otras entidades o el Ministerio, salvo en caso de sanciones legales.
Participación de actores clave
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público, a través de su Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional, sería la entidad encargada de recibir las certificaciones, reconocer formalmente la deuda pública y ordenar el pago de las obligaciones.
Las entidades estatales tendrían un rol activo en la identificación, contacto y negociación con los beneficiarios finales, así como en la gestión administrativa para el pago.
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) participaría en el proceso de compensación tributaria, requisito para la celebración de acuerdos de pago.
Información adicional y participación ciudadana
En cumplimiento de la Ley 1437 de 2011 y el Decreto 1081 de 2015, el proyecto de decreto sería publicado en la página web del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, permitiendo a la ciudadanía acceder al texto completo.
Asimismo, se establecerían plazos para que los beneficiarios finales puedan participar en la celebración de acuerdos de pago y para que las entidades realicen las gestiones administrativas correspondientes.