Tribunal Superior de Neiva confirma sentencia sobre pensión de invalidez en proceso laboral contra Colpensiones y Junta Nacional de Calificación de Invalidez
Proviene de: Sentencias
23 de abril de 2026 17:10:19
Providencia proferida en segunda instancia por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva
La Sala Tercera de Decisión Civil Familia Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva, en ejercicio de su función como instancia de apelación, emitió sentencia el 4 de marzo de 2026 en el proceso ordinario laboral radicado bajo el número 41001-31-05-001-2018-00083-01. La providencia resolvió el recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la sentencia de 26 de septiembre de 2019 dictada por el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Neiva.
Antecedentes fácticos y procesales
La demandante promovió acción laboral ordinaria solicitando la declaración de nulidad del dictamen No. 36182135, de fecha 19 de febrero de 2015, emitido por la Junta Nacional de Calificación de Invalidez, argumentando que dicho dictamen no reflejaba la totalidad de sus patologías ni el porcentaje real de pérdida de capacidad laboral (PCL). En consecuencia, reclamó a la administradora del régimen pensional el reconocimiento y pago de la pensión por invalidez, con sus respectivos retroactivos e intereses moratorios, conforme a la Ley 100 de 1993.
El origen del reclamo se relaciona con un accidente de tránsito ocurrido en 2010 que le ocasionó diversas lesiones y patologías en extremidades inferiores, sometiéndose a múltiples tratamientos y cirugías. A lo largo del proceso administrativo, las Juntas Regional y Nacional de Calificación de Invalidez determinaron un porcentaje de PCL cercano al 41%, sin embargo, la demandante aportó un dictamen pericial particular que estimaba una PCL superior al 55%, incluyendo patologías adicionales no valoradas inicialmente.
La administradora y la Junta Nacional se opusieron a las pretensiones, señalando que el...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.