Tribunal Superior de Neiva confirma condena por violencia intrafamiliar agravada en segunda instancia
Proviene de: Sentencias
23 de abril de 2026 11:45:43
Contexto y competencia del tribunal
La providencia en análisis corresponde a una sentencia de segunda instancia emitida por la Sala Segunda de Decisión Penal del Tribunal Superior de Neiva, con competencia para conocer el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia condenatoria de primera instancia. El proceso judicial se originó en el Juzgado 5° Penal Municipal de Neiva, encargado de juzgar el caso inicialmente.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso inició tras la denuncia interpuesta por una mujer que denunció agresiones físicas y verbales por parte de su compañero sentimental. Los hechos ocurrieron el 31 de marzo de 2024 en la ciudad de Neiva, donde la víctima sufrió múltiples golpes que la dejaron inconsciente. Se estableció además un patrón de violencia desde enero de 2024, incluyendo amenazas con arma blanca para forzar relaciones sexuales.
La Fiscalía General de la Nación formuló acusación por el delito de violencia intrafamiliar agravada. Durante el juicio oral, desarrollado en varias sesiones entre octubre de 2024 y marzo de 2025, se presentaron testimonios de la víctima, funcionarios policiales y personal médico que atendió a la agredida. La sentencia de primera instancia condenó al acusado a 72 meses de prisión y a la inhabilitación para ejercer derechos y funciones públicas por el mismo período.
Consideraciones del Tribunal Superior de Neiva
El tribunal examinó la apelación presentada por la defensa, que solicitó la revocatoria de la sentencia alegando valoración errónea de pruebas y falta de corroboración en los testimonios clave. En particular, cuestionó la declaración de la médica tratante y del agente policial que intervino en el caso.
El tribunal reiteró el principio constitucional de presunción de inocencia, señalando que corresponde al Estado aportar pruebas que superen la duda razonable para condenar. No obstante, precisó que para la condena no se exige certeza absoluta, sino pruebas coherentes y suficientes.
Con base en la valoración integral de los testimonios y evidencias, el tribunal concluyó que la Fiscalía cumplió con su carga probatoria. Destacó la coherencia interna y externa de los testimonios, especialmente la detallada narración del agente policial que presenció la agresión y la evidencia médica que documentó los traumas físicos en la víctima.
Asimismo, el tribunal resaltó que la conducta del procesado vulneró el bien jurídico tutelado de la armonía y estabilidad familiar, en un contexto de subordinación y agresión dentro de la relación de pareja. La agresión física y verbal afectó la dignidad, integridad y autonomía de la víctima, configurando el delito de violencia intrafamiliar agravada.
Decisión y efectos
Por estas razones, el Tribunal Superior de Neiva confirmó íntegramente la sentencia de primera instancia, ratificando la condena impuesta. Se recordó que contra esta decisión procede el recurso extraordinario de casación. La sentencia fue notificada en estrados y se remitió copia a las partes y al juzgado de primera instancia.
Esta providencia reafirma la importancia de la función jurisdiccional en la protección de derechos fundamentales dentro del ámbito familiar y la aplicación rigurosa de la ley penal para sancionar conductas de violencia intrafamiliar, conforme a los estándares probatorios y procesales vigentes. De esta manera, se envía un mensaje claro sobre la intolerancia ante cualquier forma de violencia en el núcleo familiar, garantizando la protección y el respeto hacia las víctimas.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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