Logo Avance JurÍdico S.A.S

El periódico legal que te mantiene un paso adelante.

Créditos

CONTACTO

asistentecomercial@redjurista.com

Cel: +57 311 501 67 64, +57 321 775 03 85

Dirección: Carrera 6N° 26B - 85 Piso 9

Ciudad: Bogotá D.C

Representante: Carlos Eduardo Borrero González

ISSN: 3114-9065

NUESTRO ECOSISTEMA

  • Avance Jurídico Casa Editorial
  • RedJurista
  • JurIA

© 2026, Avance Jurídico ● Términos de uso ● Política de privacidad

Logo XLogo instagramLogo InLogo WhatsappLogo TikTok
x
Tamaño de Fuente
Fondo
  • Temas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Abrir menú de filtros

Filtros

  • Temas
  • Grupos de personas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Cargando...

Circular 1-6060 del SENA sobre monitorias para aprendices en 2026: orientaciones y cronograma publicadas en Bogotá, enero 2026

Proviene de: Circulares

24 de abril de 2026 12:24:20

Contexto y objetivo de la Circular 1-6060

La Circular 1-6060, emitida por la Dirección de Formación Profesional del SENA, organismo público dedicado a la formación técnica y tecnológica en Colombia, tiene como finalidad regular y orientar la asignación de monitorias que funcionan como un estímulo académico y reconocimiento al desempeño destacado de los aprendices en la formación profesional integral. Este documento se enmarca en la Resolución 2212 de 2008 y sus modificaciones posteriores (Resoluciones 176 y 1234 de 2013), que establecen los parámetros para el ejercicio de monitorias, incluyendo criterios de selección, convocatoria, cupos, duración y tipos de monitoria. El público destinatario directo de esta circular son los directores regionales, subdirectores de centros de formación, coordinadores de formación profesional y coordinadores del grupo de apoyo administrativo en centros de formación. Su ámbito de aplicación es externo, pues regula la relación entre los centros y los aprendices beneficiarios de estos estímulos.

Contenido principal y procedimientos establecidos

El documento establece claramente el proceso de inscripción para los aprendices interesados en obtener monitorias. Los centros de formación son responsables de gestionar la inscripción, solicitando información básica y relevante, como datos personales, programa y modalidad de formación, y pertenencia a grupos poblacionales con enfoque pluralista y diferencial, entre otros requisitos. Respecto a la selección, la circular enfatiza que únicamente se aplicarán los criterios establecidos en la normatividad vigente, los cuales deben ser reproducidos fielmente en la convocatoria. Se establece la conformación de una lista de elegibles que incluye a todos los postulantes que cumplan con los requisitos, aunque no hayan sido seleccionados inicialmente por limitación de cupos. Esta lista permite la reasignación de cupos en caso de novedades durante la vigencia. Para resolver empates en puntajes, se prioriza el derecho de los menores de edad; de mantenerse el empate, se aplica puntuación en criterios de prioridad definidos por el centro y, finalmente, se recurre a un sorteo con la participación de autoridades y representantes de aprendices. Además, la circular regula la posibilidad de que las monitorias se utilicen como alternativa para cumplir con la etapa productiva de la formación, siempre y cuando se respeten los requisitos y condiciones establecidos en la normativa correspondiente.

Validez legal y seguimiento

Emitida por una autoridad competente dentro del SENA, la circular tiene carácter vinculante para los centros de formación y sus funcionarios, quienes deben cumplir estrictamente con los procedimientos y criterios ahí establecidos. En caso de dudas sobre interpretación o aplicación, se orienta remitir consultas al grupo jurídico correspondiente. Para garantizar la correcta ejecución presupuestal y el pago oportuno del estímulo económico, las subdirecciones deben monitorear mensualmente los desembolsos y la ejecución de las monitorias. Asimismo, se requiere generar y conservar documentación que evidencie el cumplimiento normativo, en concordancia con los lineamientos de gestión documental del SENA.

Cronograma y alcance operativo

Como anexo a la circular, se publica un cronograma para dos convocatorias durante 2026, que incluye fechas para la publicación, inscripción, selección, asignación y socialización de deberes de los monitores. Además, se permite la apertura de convocatorias adicionales, siempre que exista disponibilidad presupuestal y se informe formalmente a la Dirección de Formación Profesional. Este cronograma busca asegurar la transparencia, oportunidad y orden en el proceso, facilitando la participación de los aprendices y la gestión eficiente por parte de los centros.
Actividad Responsable Fecha inicio Fecha límite
Publicación de términos y condiciones Centros de Formación 02/03/2026 04/03/2026
Divulgación a aprendices Centros de Formación 02/03/2026 13/03/2026
Inscripción de aprendices Centros de Formación 02/03/2026 13/03/2026
Selección de monitores Centros de Formación 16/03/2026 20/03/2026
Publicación de resultados Centros de Formación 24/03/2026
Trámite de designación mediante resolución Centros de Formación 24/03/2026 31/03/2026
Notificación de resolución Centros de Formación 24/03/2026 06/04/2026

Importancia para los aprendices y el SENA

Esta circular representa un instrumento clave para organizar y transparentar la asignación de monitorias, un mecanismo que reconoce el esfuerzo y desempeño de los aprendices y contribuye a su formación integral. Además, establece reglas claras que evitan arbitrariedades, garantizan la igualdad de oportunidades y facilitan la gestión administrativa eficiente. Para los centros de formación, la circular provee un marco normativo claro para su labor, mientras que para los aprendices ofrece un proceso transparente y justo para acceder a estos estímulos, incluyendo la posibilidad de que las monitorias sirvan como alternativa para cumplir con la etapa productiva. En suma, la Circular 1-6060 del SENA es un documento relevante que articula aspectos normativos, operativos y administrativos para la asignación de monitorias en 2026, con impacto en la calidad y equidad del servicio de formación profesional en Colombia. --- Para consultar la circular original, se recomienda acceder directamente a los canales oficiales del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA).

Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.

Ver planes disponibles

Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

Más noticias sobre Educación

No se encontraron sugerencias