Contexto y objetivo de la Circular 1-6060
La Circular 1-6060 tiene como propósito fundamental complementar las orientaciones previas contenidas en la Circular 3-2025-000303 del 24 de diciembre de 2025, relativas a la implementación de los programas de Formación Especial Campesina y Formación Especial Popular. Dirigida a directores regionales, subdirectores de centros de formación profesional y coordinadores académicos, esta comunicación busca asegurar la correcta caracterización, ejecución y seguimiento de dichos programas en todo el país.
El objetivo principal es estandarizar los procesos formativos especiales, estableciendo códigos específicos para la caracterización de los grupos en el sistema SOFIA Plus, ajustar las metas aprobadas por el Consejo Directivo Nacional y definir los parámetros para la vigilancia y documentación de los procesos formativos en el Sistema de Vigilancia de Programas (SVP).
Alcance y sujetos obligados
Esta circular tiene un alcance externo, dirigido a todas las regionales y centros de formación profesional que deben implementar los programas especiales mencionados. Los sujetos obligados son los responsables de la gestión académica y administrativa de estas entidades, quienes deberán cumplir con las instrucciones sobre la caracterización de grupos, el registro de evidencias y el cumplimiento de metas.
El plazo para la documentación de los procesos formativos en el módulo SVP comienza a partir del 16 de febrero de 2026. Además, se exige que los centros de formación documenten las evidencias del proceso constructivo en el programa específico de Construcción de pavimento con placa huella para vías terciarias, con una meta tangible de 15 metros construidos.
Validez legal y fuerza vinculante
Al ser emitida por la Dirección General de Formación Profesional, una autoridad competente dentro de la estructura pública encargada de la formación técnica y profesional, la Circular 1-6060 tiene carácter vinculante para los destinatarios indicados. El cumplimiento de sus disposiciones es obligatorio para las entidades señaladas, en virtud de su función normativa interna y su relación con las políticas nacionales de formación.
Contenido sustancial y directrices clave
Entre los aspectos esenciales que contiene la circular destacan:
- Caracterización en SOFIA Plus: Se establecen los códigos y nombres para clasificar los grupos según el programa especial que se implemente, tales como Formación Especial Campesina - Placa Huella, Construcción y Transformación, y Formación Especial Popular.
- Seguimiento en el Sistema de Vigilancia de Programas (SVP): Se habilita un tablero específico para monitorear la ejecución de los programas, siempre que los grupos estén correctamente caracterizados.
- Ajuste de metas: Se aprueba un incremento en la meta del programa Formación Especial Campesina - Placa Huella, detallando la distribución de cupos y grupos por cada centro formativo, lo cual se acompaña en un anexo.
- Documentación y evidencia: Se exige la documentación rigurosa de los procesos formativos y la entrega de evidencias específicas, como el avance en metros construidos en el programa de placa huella.
En suma, esta circular constituye una herramienta de gestión esencial para la adecuada ejecución y control de programas formativos dirigidos a poblaciones campesinas y populares, en línea con las políticas de desarrollo social y técnico del país. Su aplicación fortalece la transparencia, el seguimiento y el cumplimiento de metas en la formación profesional especializada.
Para mayor información, los interesados pueden consultar el documento oficial en el portal institucional correspondiente.