Entidad emisora y contexto normativo
La Resolución No. DE2026 fue expedida por la Secretaría General del SENA, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 9 del Decreto 249 de 2004 y la Resolución No. 1-0497 de 2024. Esta disposición se enmarca en el cumplimiento del artículo 209 de la Constitución Política de Colombia y la Ley 489 de 1998, que regulan la función administrativa y la organización del servicio público, así como en el Decreto 2489 de 2006, que establece la clasificación de empleos públicos en la Rama Ejecutiva.
Tema principal y destinatarios
El asunto principal de la resolución es la modificación del nombre y las funciones del Grupo Interno de Trabajo adscrito a la Dirección del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo del SENA. Originalmente creado como Grupo Interno de Trabajo para la Economía Campesina, ahora se denomina
Grupo para el Desarrollo de la Economía Campesina y Popular. Esta resolución está dirigida principalmente a los servidores públicos que integran este grupo y a las diversas dependencias internas del SENA, además de actores externos vinculados con la economía popular y campesina.
Objetivo y finalidad
El propósito de esta resolución es armonizar la denominación del grupo con el alcance real de sus funciones, incorporando formalmente la atención a la economía popular bajo un enfoque integral, diferencial e incluyente. Asimismo, busca ajustar las funciones del coordinador del grupo para optimizar la gestión administrativa y operativa, garantizar la eficiencia en la ejecución de sus actividades y fortalecer la articulación interna y territorial, sin modificar la estructura orgánica ni generar nuevas cargas laborales.
Principales decisiones y regulaciones
Las decisiones clave adoptadas son:
- Cambio de denominación: El Grupo Interno de Trabajo pasa a llamarse Grupo para el Desarrollo de la Economía Campesina y Popular, manteniendo su adscripción a la Dirección del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo.
- Modificación de funciones del coordinador: Se establecen funciones precisas para el coordinador, entre ellas asignar tareas al equipo, garantizar el cumplimiento eficaz de las funciones, incorporar orientaciones técnicas, elaborar documentos oficiales, gestionar la información y responder a solicitudes administrativas.
- Comunicación y publicación: La resolución debe ser comunicada a las diferentes áreas del SENA y publicada en la página web institucional, conforme a la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo).
Base legal y vigencia
La resolución fundamenta sus disposiciones en normas constitucionales sobre la función administrativa, la Ley 489 de 1998 que regula la organización estatal y los decretos 2489 de 2006 y 249 de 2004 que regulan la estructura y funciones del SENA. Modifica parcialmente la Resolución No. 1-00812 de 2024, específicamente en los artículos 1° y 3°, sin afectar el resto de dicha norma.
La vigencia es inmediata a partir de la fecha de expedición en marzo de 2026.
Impacto potencial
Esta resolución representa un ajuste técnico y organizacional que busca mejorar la visibilidad y el desempeño del grupo encargado de la economía campesina y popular dentro del SENA. Al actualizar su denominación y funciones, se espera una mayor claridad en su rol institucional, facilitando la coordinación interna y la articulación con actores territoriales y públicos vinculados a estas economías. Asimismo, la optimización de las funciones del coordinador contribuye a una gestión más eficiente, sin afectar la estructura ni la carga laboral del personal.
En suma, esta medida evidencia la intención del SENA de adaptar sus estructuras internas para responder mejor a las realidades socioeconómicas del país, en especial a los sectores campesinos y populares, en línea con los principios de eficiencia, transparencia y servicio público contemplados en la Constitución y la legislación vigente.
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