Objetivo y alcance del proyecto
El proyecto de circular externa tiene como propósito principal fortalecer las instrucciones relacionadas con el Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y de la Financiación del Terrorismo (SARLAFT) de las entidades vigiladas. Esto se busca lograr mediante la incorporación de lineamientos claros de gobernanza de datos que aseguren información confiable, íntegra y oportuna para la adecuada gestión del riesgo LA/FT.
Además, se propone actualizar los requisitos aplicables a la vinculación del oficial de cumplimiento, ajustándolos a las dinámicas actuales del sector financiero, en particular a la consolidación de conglomerados financieros y la evolución de sus estructuras corporativas.
Principales modificaciones propuestas
Entre las instrucciones más relevantes que se plantean modificar en el Capítulo IV del Título IV de la Parte I de la Circular Básica Jurídica, destacan:
- Calidades de la información: Se establece que la información utilizada para la gestión del riesgo LA/FT debe ser precisa, completa, única, consistente, oportuna y válida. Esto implica que los datos de clientes, usuarios y demás agentes deben estar debidamente documentados y actualizados para soportar procesos de segmentación, monitoreo, detección y reporte de operaciones inusuales y sospechosas.
- Funciones y responsabilidades: Se precisan las funciones y responsabilidades de quienes participan en la administración del riesgo LA/FT, así como la gestión de la calidad, uso y custodia de la información.
- Requisitos para el oficial de cumplimiento: Se propone que dicho funcionario demuestre una experiencia mínima de 24 meses en cargos relacionados con la administración de riesgos LA/FT y sea designado por la junta directiva de la entidad correspondiente, con el fin de fortalecer la especialización y asegurar el cumplimiento efectivo del SARLAFT.
Plazos y vigencia
El proyecto establece un régimen de transición en el que las modificaciones relacionadas con la información y gobernanza de datos deberán implementarse en un plazo de seis meses después de la publicación de la circular. Por su parte, los nuevos requisitos para la vinculación del oficial de cumplimiento regirán desde la fecha de publicación.
Se invita a los interesados a remitir sus comentarios hasta las 5:00 p.m. del lunes 11 de mayo de 2026, utilizando la proforma “Matriz para comentarios externos - publicación web” y enviándola al correo electrónico de la Superintendencia Financiera.
Importancia para las entidades vigiladas
Estas instrucciones buscan consolidar un marco normativo dinámico y coherente, que facilite una gestión robusta y eficiente del riesgo LA/FT en el sistema financiero colombiano. La implementación de estos lineamientos contribuirá a evitar que las entidades vigiladas sean utilizadas para el lavado de activos o la financiación del terrorismo, al garantizar que la información sea adecuada para la toma de decisiones y el control efectivo.
Con esta iniciativa, la Superintendencia Financiera reafirma su compromiso con la estabilidad y confianza del sistema financiero, alineando la regulación con estándares internacionales y las realidades del mercado actual. Así, se fortalece la capacidad del sector para protegerse frente a riesgos emergentes y cumplir con las mejores prácticas globales en materia de prevención y control del lavado de activos y la financiación del terrorismo.Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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