Contexto y competencia del tribunal
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, en primera instancia y mediante una providencia judicial, atendió una acción de tutela interpuesta por un interno privado de la libertad en el Complejo Penitenciario y Carcelario La Modelo, quien alegaba una vulneración a su derecho fundamental al debido proceso y petición, por la omisión en el reconocimiento de redenciones de pena correspondientes a un trimestre específico.
El tribunal se declaró competente para conocer la acción constitucional, conforme a las normas establecidas en los Decretos 2591 de 1991 y 1983 de 2017, que regulan la competencia en materia de tutela en Colombia.
Antecedentes fácticos y procesales
El accionante fue condenado a 48 meses de prisión por el delito de violencia intrafamiliar agravada, pena que comenzó a cumplir en febrero de 2023. Durante el cumplimiento, se le reconocieron diversas redenciones de pena por estudio y trabajo mediante autos interlocutorios, sumando hasta marzo de 2026 un total de 47 meses y 11 días descontados. No obstante, el interno alegó que no se le habían reconocido las redenciones correspondientes al trimestre de enero, febrero y marzo de 2025, las cuales sumarían aproximadamente 42 días adicionales, tiempo suficiente para superar la condena impuesta.
La omisión en la remisión de la documentación necesaria para el estudio de estas redenciones se atribuyó al área jurídica del establecimiento carcelario, lo que mantenía al interno privado de libertad de forma injusta y vulneraba sus derechos fundamentales.
Durante el trámite de la tutela, el Centro de Servicios Judiciales explicó que la petición fue recibida y radicada correctamente, pero que la competencia para resolver correspondía exclusivamente al juez de ejecución de penas. Por su parte, el Juzgado 7 de Ejecución de Penas informó que, tras recibir la documentación requerida a mediados de marzo de 2026, concedió la libertad por cumplimiento total de la pena mediante auto del 18 de marzo de 2026, y ordenó la expedición de la boleta de libertad.
Consideraciones y fundamentos jurídicos
El tribunal recordó que la acción de tutela procede para la protección inmediata de derechos fundamentales cuando no existen otros medios judiciales eficaces o cuando la intervención es necesaria para evitar un perjuicio irreparable, conforme al artículo 86 de la Constitución Política.
Tras verificar que el interno cumplía con los requisitos para acceder a la libertad por pena cumplida y que la omisión en la remisión de documentos fue subsanada durante el trámite de tutela, el tribunal concluyó que la vulneración alegada había sido superada. En este sentido, citó la jurisprudencia de la Corte Constitucional que establece que, cuando la situación que motivó la tutela desaparece por la satisfacción de la pretensión, la acción pierde su objeto.
Además, a través de consulta pública, se constató que el interno ya no se encontraba privado de la libertad, lo que respaldó la carencia actual de objeto de la acción.
Decisión final
En consecuencia, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá declaró la carencia actual de objeto de la acción de tutela presentada contra el Juzgado 7 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá y su Centro de Servicios Judiciales, al haberse cumplido la pretensión del accionante y no existir en la actualidad una vulneración atribuible a las entidades accionadas.
Se ordenó notificar la sentencia conforme a las disposiciones legales vigentes y remitir el expediente a la Corte Constitucional para su eventual revisión, en caso de que no sea impugnada.
Esta providencia ejemplifica la importancia del cumplimiento efectivo de los procedimientos administrativos en materia penitenciaria y la función de la tutela como mecanismo para la protección inmediata de derechos fundamentales en el sistema de justicia colombiano, garantizando que los derechos de los internos sean respetados y que las omisiones administrativas puedan ser corregidas oportunamente para evitar privaciones injustas de la libertad.Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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