Tribunal Superior de San Gil niega tutela por presunta violación del principio non bis in ídem en proceso penal
Proviene de: Sentencias
29 de abril de 2026 17:11:5
Contexto y naturaleza de la providencia
La Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de San Gil, en segunda instancia, profirió un auto mediante el cual resolvió una acción de tutela promovida contra el Juzgado Segundo Penal del Circuito de San Gil. La tutela fue presentada por un procesado que alegaba la vulneración de sus derechos fundamentales al debido proceso, al acceso a la administración de justicia y al principio constitucional del non bis in ídem, es decir, que nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo hecho.
Antecedentes fácticos y procesales
El accionante fue procesado y condenado en dos sentencias emitidas por el Juzgado Segundo Penal del Circuito de San Gil: una por homicidio agravado en concurso heterogéneo con hurto calificado y agravado, y otra exclusivamente por hurto calificado y agravado. Según expuso, en la primera sentencia se agravó su pena por cometer el homicidio con el fin de facilitar el hurto, mientras que en la segunda se agravó la pena por la violencia ejercida, que correspondía al homicidio ya juzgado. Este hecho, a juicio del accionante, implicaba una doble valoración del mismo hecho, contraria al principio non bis in ídem. Además, manifestó que no contó con una defensa técnica adecuada durante su proceso.
El Juzgado Segundo Penal del Circuito de San Gil y la Fiscalía Cuarta Seccional de San Gil respondieron que las condenas fueron producto de procesos separados debido a la ruptura de la unidad procesal, con aceptación voluntaria de cargos y preacuerdos, y que las penas fueron acumuladas legalmente en sede de ejecución penal.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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