Tribunal e instancia
La providencia analizada corresponde a un auto emitido por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en única instancia, en el trámite de admisión de una demanda de nulidad simple. Este tribunal es autoridad suprema en materia contencioso administrativa y tiene competencia para conocer de actos administrativos de carácter general expedidos por autoridades nacionales.
Antecedentes fácticos y procesales
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público expidió el Decreto 1484 de 2025, mediante el cual se redujeron diversas apropiaciones en el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal 2025. Entre los rubros afectados se encuentran proyectos de infraestructura vial y restauración ambiental. La demanda de nulidad simple fue interpuesta contra este decreto, alegando que la reducción presupuestal se realizó con infracción de normas superiores, irregularidades y desviación de poder. La demanda fue radicada y asignada inicialmente a la Sección Tercera del Consejo de Estado, que debía decidir sobre la admisión de la misma.
Consideraciones sobre competencia
El auto examina la competencia para conocer de procesos de nulidad simple, conforme al artículo 149 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), que atribuye al Consejo de Estado la competencia en única instancia para actos administrativos de carácter general expedidos por autoridades nacionales. Sin embargo, el Reglamento Interno del Consejo de Estado (Acuerdo 080 de 2019, modificado por Acuerdo 434 de 2024) establece una distribución temática de procesos entre las Secciones de la Sala de lo Contencioso Administrativo:
- Sección Primera: Procesos de nulidad simple sobre asuntos no asignados expresamente a otras secciones, incluyendo temas...