Consejo de Estado remite demanda agraria al Tribunal Administrativo del Meta por falta de competencia tras reforma legal
Proviene de: Sentencias
29 de abril de 2026 17:20:37
Contexto y tribunal
El auto fue proferido por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Subsección C del Consejo de Estado, en la capital del país. La providencia responde a la revisión de la competencia judicial en un proceso agrario iniciado mediante una demanda de revisión contra una resolución expedida por la Agencia Nacional de Tierras (ANT).
Antecedentes fácticos y procesales
La demanda fue presentada el 12 de febrero de 2026, impugnando la resolución de septiembre de 2023 que declaró la indebida ocupación de un predio denominado «Chaparral», ubicado en el municipio de Puerto Gaitán, departamento del Meta. El demandante cuestionó la valoración probatoria realizada por la ANT, alegando aplicación automática e irrazonable de causales sin practicar pruebas esenciales ni realizar un análisis adecuado de proporcionalidad. Además, señaló una presunta falsa motivación y vulneración del debido proceso administrativo, dada la omisión de recursos y la valoración de documentos sin contradicción.
Consideraciones jurídicas y competencia
Inicialmente, el Consejo de Estado tenía competencia en única instancia para conocer las acciones de revisión en asuntos agrarios, conforme al artículo 50 de la Ley 160 de 1994 y el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA). Sin embargo, esta situación cambió con la expedición de la Ley 2080 de 2021, que reformó el régimen de competencias en materia administrativa y agraria.
La Ley 2080 de 2021 modificó el artículo 152 del CPACA, estableciendo que los tribunales administrativos conocerían en primera instancia de las revisiones contra actos de extinción del dominio agrario y resoluciones sobre clarificación, deslinde y recuperación de baldíos. Esta reforma se complementó con el...
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