Consejo de Estado asume competencia en proceso de reparación directa por accidente laboral
Proviene de: Sentencias
29 de abril de 2026 17:31:27
Competencia jurisdiccional y antecedentes del caso
El Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Subsección C, en la instancia de conocimiento de procesos de reparación directa, asumió el conocimiento de un proceso que tiene como objeto la reparación patrimonial por la muerte de un trabajador ocurrida en una excavación para el cambio de un tubo de alcantarillado.
El caso se inició con una demanda presentada en marzo de 2012 contra el municipio local, una empresa de servicios públicos y una cooperativa de trabajo asociado, solicitando que se declarara la responsabilidad patrimonial por los daños ocasionados. En primera instancia, el Tribunal Administrativo de la región accedió parcialmente a las pretensiones de la demanda en 2015, lo que motivó la interposición de recursos de apelación por parte de las entidades demandadas.
Posteriormente, en 2023, el despacho original se declaró inhibido para conocer del asunto por falta de jurisdicción, remitiendo el expediente a la jurisdicción laboral. Sin embargo, el juzgado laboral, tras avocar conocimiento, también declaró su falta de competencia y generó un conflicto negativo de competencia que fue llevado a la Corte Constitucional.
Decisión de la Corte Constitucional y su impacto
En julio de 2025, la Corte Constitucional resolvió que la Jurisdicción Contenciosa Administrativa es la competente para conocer del proceso, aplicando el fuero de atracción. Este principio establece que la competencia del juez administrativo se extiende a personas de derecho privado cuando estas actúan conjuntamente con entidades públicas en un mismo proceso.
Con base en este pronunciamiento, la Corte remitió el expediente a la Sección Tercera del Consejo de Estado para que continuara con...
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