Consejo de Estado admite grado de consulta sobre condena a entidad hospitalaria por responsabilidad patrimonial
Proviene de: Sentencias
29 de abril de 2026 17:38:24
Contexto y tribunal competente
El pronunciamiento fue emitido por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en el ejercicio del grado jurisdiccional de consulta establecido en el artículo 184 del CPACA. Esta figura permite a la corporación revisar sentencias que imponen condenas a entidades públicas cuando estas exceden un determinado monto o se presentan otras circunstancias específicas, como la representación por curador ad litem.
Antecedentes fácticos y procesales
El caso se originó con la demanda por reparación directa en contra de una Empresa Social del Estado (E.S.E.) hospitalaria, a la que se declaró responsable administrativa y patrimonialmente por las secuelas ocasionadas a una menor como consecuencia de atención médica considerada inoportuna e inapropiada. El Tribunal Administrativo de Norte de Santander emitió sentencia en 2015, condenando a la entidad a pagar perjuicios morales y materiales a la menor y sus familiares, estableciendo montos equivalentes en salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Posteriormente, en 2025, se resolvió un incidente de liquidación de condena en abstracto, fijando los valores definitivos correspondientes al daño a la salud y lucro cesante. Dado que el monto total de la condena excedía los 300 salarios mínimos legales mensuales vigentes y no fue apelada, el expediente fue remitido al Consejo de Estado para surtir el grado jurisdiccional de consulta conforme al procedimiento legal.
Consideraciones jurídicas y decisión
El Consejo de Estado revisó los antecedentes y constató que la condena efectivamente supera el umbral establecido en el artículo 184 del CPACA para la admisibilidad del grado de consulta. Además, verificó que la sentencia recurrida fue emitida en abstracto y que el auto de...
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