Corte Suprema de Justicia modifica calificación jurídica en caso de peculado y confirma suspensión condicional de pena
Proviene de: Sentencias
29 de abril de 2026 18:15:1
Contexto y tribunal competente
La decisión fue proferida por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, en segunda instancia, sobre el recurso de apelación presentado por el Ministerio Público contra la sentencia condenatoria del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería. El proceso se originó por la actuación irregular de un juez civil del circuito de Lorica, Córdoba, respecto a la gestión de recursos públicos pertenecientes al Fondo de Prestaciones Sociales del Magisterio.
Antecedentes fácticos y procesales
El juez civil del circuito en cuestión fue acusado inicialmente por delitos de prevaricato por acción y peculado por apropiación a favor de terceros, en calidad de autor, debido a decisiones adoptadas en dos procesos ejecutivos relacionados con la ejecución de unas resoluciones administrativas sin mérito ejecutivo válido. A pesar de advertencias sobre la ilegalidad de dichas resoluciones, se mantuvieron medidas cautelares que afectaron recursos públicos, en contradicción con la normativa vigente que establece la inembargabilidad de esos fondos.
Durante el proceso penal, se celebró un preacuerdo entre la Fiscalía General de la Nación y el acusado, en el que se ajustó la calificación jurídica del delito hacia peculado culposo, con reducción de la pena y pago de una indemnización por parte del procesado. La Sala Penal de Conjueces del Tribunal Superior de Montería aprobó este acuerdo y condenó al juez a 35 meses de prisión, multa y una inhabilitación para ejercer funciones públicas, concediéndole además la suspensión condicional de la ejecución de la pena.
El Ministerio Público interpuso recurso de apelación cuestionando, entre otros aspectos, la calificación jurídica adoptada en la sentencia y...
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