Corte Suprema confirma improcedencia de tutela contra resolución del Consejo Nacional Electoral sobre coalición política
Proviene de: Sentencias
29 de abril de 2026 18:19:32
Providencia emitida por la Corte Suprema de Justicia en segunda instancia
La Corte Suprema de Justicia, en su Sala de Casación Civil, Agraria y Rural, emitió un auto confirmando la sentencia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá D.C. del 25 de noviembre de 2026, que declaró improcedente una acción de tutela promovida contra el Consejo Nacional Electoral y la Registraduría Nacional del Estado Civil. La tutela fue interpuesta por un senador que alegaba vulneración de derechos fundamentales relacionados con la participación política, debido proceso, buena fe, confianza legítima, seguridad jurídica y principios democráticos, tras la expedición de una resolución que excluía a un partido político de una coalición y ponía en duda la validez de una consulta popular.
Antecedentes fácticos y procesales
El accionante solicitó protección constitucional tras la expedición por parte del Consejo Nacional Electoral de la Resolución No. 09673 de 2025, la cual desconoció la existencia jurídica de una coalición política y cuestionó los resultados de una consulta interpartidista realizada el 26 de octubre de 2025, previamente autorizada, organizada y supervisada por las autoridades electorales. La consulta tenía por objeto definir candidatos presidenciales y listas al Congreso para las elecciones nacionales.
El accionante argumentó que, como integrante de la coalición, participó en la consulta que movilizó a casi tres millones de votantes, y que la actuación del Consejo Nacional Electoral generó una apariencia de legitimidad que motivó la participación ciudadana. Por ello, pidió que se reconociera la validez jurídica y los efectos políticos de la consulta, se abstuvieran las autoridades de emitir decisiones que desconocieran sus resultados y se adoptaran...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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