Entidad emisora y contexto normativo
La resolución fue emitida por la Dirección General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR) y publicada en el Diario Oficial No. 53.476 el 29 de abril de 2026. Su fundamento legal principal es el Decreto 1553 del 23 de diciembre de 2024, que modificó el régimen sobre la tasa retributiva por la utilización del agua como receptor de vertimientos puntuales, incorporado en el Decreto 1076 de 2015. Esta normativa establece las bases para que las autoridades ambientales, entre ellas las corporaciones autónomas regionales, puedan cobrar dicha tasa.
Objeto y destinatarios
La resolución tiene como propósito adoptar una metodología técnica que permita calcular de manera adecuada la tasa retributiva por vertimientos puntuales directos e indirectos al recurso hídrico dentro de la jurisdicción de la CAR. El destinatario principal de esta regulación son los usuarios que realizan vertimientos puntuales en cuerpos de agua dentro de esta región, quienes están sujetos al cobro anual de la tasa. Este grupo es relevante porque su actividad impacta directamente la calidad del agua y, por ende, el medio ambiente y la salud pública.
Objetivo de la resolución
El objetivo central es desarrollar y formalizar un método técnico para aplicar el Decreto 1553 de 2024 en el ámbito local, garantizando que el cálculo de la tasa retributiva refleje fielmente la carga contaminante vertida. Esto contribuye a fortalecer el control ambiental y a incentivar prácticas más sostenibles entre los usuarios del recurso hídrico.
Principales disposiciones y metodología adoptada
La resolución incorpora la metodología contenida en el Informe Técnico DTA número 668 del 23 de abril de 2026, resultado del trabajo coordinado entre la Dirección Técnica Ambiental y la Dirección Técnica, Científica y de Modelamiento Ambiental de la CAR. Entre los procedimientos clave se incluyen:
- Determinación del Coeficiente del Índice de Calidad del Agua (CICA), que permite evaluar la calidad del recurso hídrico en función de los vertimientos.
- Cálculo del caudal medio de las fuentes receptoras de vertimientos en cuerpos lóticos (ríos y corrientes).
- Determinación de la Variable Económica (VE) vinculada a proyectos de inversión en descontaminación hídrica contemplados en los Planes de Saneamiento y Manejo de Vertimientos (PSMV).
Además, la resolución establece que la tasa será cobrada anualmente mediante factura o documento equivalente, detallando el valor correspondiente a la carga contaminante, el factor regional y la tarifa mínima vigente, conforme a las normas tributarias y contables aplicables.
Base legal y vigencia
La resolución se fundamenta principalmente en el artículo 31 de la Ley 99 de 1993, los artículos 2.2.9.7.2.2, 2.2.9.7.2.3, 2.2.9.7.4.1 y 2.2.9.7.4.7 del Decreto 1076 de 2015, y el Decreto 1553 de 2024. Además, se cumplió con el procedimiento de consulta pública previsto en el numeral 8 del artículo 8º de la Ley 1437 de 2011 para la socialización de la metodología técnica adoptada. La resolución entró en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial y contempla la posibilidad de actualizaciones posteriores tras socialización pública.
Impacto potencial
La adopción de esta metodología técnica representa un paso clave para mejorar la gestión y control de la calidad del agua en la región de Cundinamarca. Facilita un cobro más justo y transparente de la tasa retributiva, incentivando a los usuarios a minimizar la contaminación de cuerpos hídricos. Asimismo, fortalece el cumplimiento de la normativa ambiental y contribuye al desarrollo sostenible en la jurisdicción de la CAR.
Con esta nueva herramienta técnica, la CAR refuerza su compromiso con la protección de los recursos naturales y promueve una cultura de responsabilidad ambiental entre los diferentes actores involucrados. Se espera que esta medida impulse la implementación de mejores prácticas en el manejo de vertimientos, beneficiando la salud pública y la biodiversidad en la región.