Reglamentación de la Prohibición de Pruebas en Animales para Productos Cosméticos en Colombia: Resolución del Ministerio de Salud y Protección Social
Proviene de: Resoluciones
4 de mayo de 2026 20:22:54
Entidades emisoras y marco normativo
La Resolución 000814, fechada el 28 de abril de 2026 y publicada en el Diario Oficial No. 53.476 el 29 de abril de 2026, fue expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia. Esta norma se fundamenta principalmente en los artículos 429 y 588 de la Ley 9ª de 1979, el artículo 6° de la Ley 2047 de 2020, y en disposiciones constitucionales relativas a la organización y reglamentación de los servicios de salud y saneamiento ambiental, así como a la protección de los consumidores. Además, se apoya en la Decisión 833 de 2018 de la Comunidad Andina, que regula los requisitos sanitarios para productos cosméticos en la subregión.
Objeto y ámbito de aplicación
El propósito principal de esta resolución es reglamentar la prohibición en Colombia de la experimentación con animales en la fabricación, importación, exportación y comercialización de productos cosméticos, sus ingredientes o combinaciones. La norma se dirige a todas las personas naturales o jurídicas involucradas en la cadena de producción y comercialización de estos productos, incluyendo fabricantes, importadores, exportadores y comercializadores. Este enfoque busca garantizar la responsabilidad a lo largo de toda la cadena productiva y comercial.
Decisiones y regulaciones clave
Entre las principales disposiciones, la resolución establece que para tramitar la Notificación Sanitaria Obligatoria (NSO), requisito indispensable para la comercialización de productos cosméticos, se debe presentar una declaración de conformidad de primera parte. Esta declaración debe ser suscrita por el representante legal o apoderado del titular de la NSO o del importador y certificar que los productos y sus ingredientes no han sido sometidos...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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