Consejo de Estado confirma negación de medida cautelar sobre exoneración del ICA en municipio de Cota
Proviene de: Sentencias
4 de mayo de 2026 21:2:49
Contexto y antecedentes del caso
La Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta, del Consejo de Estado conoció un recurso de apelación interpuesto por una sociedad comercial contra el auto del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Subsección A, que negó una medida cautelar solicitada en el marco de un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho. La demanda original cuestiona dos resoluciones expedidas por el Municipio de Cota, que negaron el derecho a una exoneración del ICA establecida en un acuerdo municipal para incentivar la radicación de nuevas empresas en ese territorio.
La demandante intentó obtener la nulidad de las resoluciones y el reconocimiento del beneficio tributario desde el año gravable 2022, así como la devolución de los valores pagados indebidamente con sus intereses. En este contexto, solicitó una medida cautelar anticipativa para que se le autorizara aplicar provisionalmente la exoneración del ICA durante el trámite del proceso judicial, argumentando que la demora podría hacer nugatorio el derecho que se pretende proteger.
Consideraciones jurídicas de la providencia
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca negó la medida cautelar por considerar que la solicitud carecía de fundamentación específica sobre un perjuicio irremediable y que no se evidenció trasgresión de derechos sustanciales en los actos administrativos impugnados. Además, entendió que la legalidad de las resoluciones debía analizarse en una etapa posterior del proceso.
Frente a este auto, la sociedad apeló, señalando que se había confundido la medida solicitada con una suspensión provisional de actos administrativos que no fue pedida, y aseguró que sí se cumplían los requisitos legales para la concesión de una medida cautelar innominada, según los artículos 229...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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