Entidad emisora y contexto normativo
La Resolución 20263040014485, emitida por el Ministerio de Transporte el 20 de abril de 2026 y publicada en el Diario Oficial No. 53.476 el 29 de abril del mismo año, adopta la versión 2 del Gestor de Proyectos de Infraestructura de Transporte (GPI). Este acto administrativo se fundamenta en diversas normas constitucionales y legales, entre ellas la Ley 105 de 1993, el Decreto 1079 de 2015, la Ley 1682 de 2013 y la Ley 2294 de 2023, que regulan la organización del sector transporte, la planificación y ejecución de infraestructura, y la función de entidades adscritas como la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), el Instituto Nacional de Vías (Invías) y la Unidad de Planeación de Infraestructura de Transporte (UPIT).
Tema principal y destinatarios
El asunto central de la resolución es la adopción y regulación del GPI versión 2 como herramienta tecnológica para gestionar de forma integral la información relacionada con los proyectos de infraestructura de transporte e infraestructura multisectorial. Su ámbito de aplicación comprende al Ministerio de Transporte y a todas las entidades adscritas al sector, incluyendo ANI, Invías, UPIT, la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (Aerocivil) y la Corporación Autónoma del Río Grande de la Magdalena (Cormagdalena). Estos actores son esenciales para garantizar la coordinación y actualización de datos relevantes en la gestión de proyectos, contribuyendo a la eficiencia y transparencia sectorial.
Objetivo de la resolución
La finalidad de esta resolución es adoptar una versión actualizada y tecnológicamente mejorada del GPI, que permita recolectar, almacenar, procesar, analizar y mantener actualizada la información sobre proyectos de infraestructura. Se busca superar las limitaciones de la versión inicial adoptada en 2018, respondiendo a la necesidad de incluir todas las fases del ciclo de vida de los proyectos, establecer una gobernanza robusta y estandarizar los datos mediante un diccionario común. Esto facilitará un análisis estratégico y la toma de decisiones fundamentadas en información confiable y oportuna.
Decisiones y regulaciones clave
Entre las principales disposiciones se destacan:
- Adopción del GPI versión 2: La herramienta estará disponible en los aplicativos institucionales del Ministerio de Transporte y será el medio oficial para reportar y actualizar la información de proyectos.
- Ámbito de aplicación: Aplica en todo el territorio nacional para el Ministerio de Transporte y las entidades adscritas al sector de infraestructura de transporte.
- Administración del GPI: La Dirección de Infraestructura del Ministerio de Transporte, a través de sus grupos adscritos, será responsable de administrar, impulsar y hacer seguimiento al GPI versión 2.
- Acceso y reporte: Las entidades deberán solicitar acceso formal para ingresar y actualizar la información, garantizando la calidad, veracidad y oportunidad de los datos.
- Periodicidad de actualización: La información debe actualizarse dentro de los primeros 15 días calendario de cada mes, con datos correspondientes al mes inmediatamente anterior.
- Soporte técnico: El Grupo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones del Ministerio brindará soporte, monitoreo y mantenimiento del sistema.
- Asesoría y estándares: La Oficina Asesora de Planeación, con apoyo técnico de la Dirección de Infraestructura y UPIT, definirá los tipos de reporte, indicadores y estándares técnicos, incluyendo la estructuración de la información geográfica.
- Acceso público: Se garantizará el acceso ciudadano para consultas a través de la página web del Ministerio de Transporte, promoviendo la transparencia.
- Derogación: La resolución deroga la anterior reglamentación sobre el GPI adoptada en 2018.
Base legal y modificaciones normativas
La resolución se sustenta en normas constitucionales y legales relacionadas con la función pública, la organización administrativa y la infraestructura de transporte, tales como la Ley 105 de 1993, el Decreto 1079 de 2015, la Ley 1682 de 2013 y la Ley 2294 de 2023. Modifica y reemplaza la Resolución 0005012 de 2018, adaptando el marco normativo a las necesidades actuales del sector y las innovaciones tecnológicas.
Impacto potencial
La implementación del GPI versión 2 representa un avance significativo para el sector transporte colombiano, al centralizar y estandarizar la información de proyectos, mejorar la coordinación entre entidades y facilitar la toma de decisiones basada en datos confiables. Asimismo, contribuye a la transparencia y participación ciudadana mediante el acceso público a la información. La estandarización y el monitoreo sistemático promoverán una gestión más eficiente y articulada que puede impactar positivamente en el desarrollo, mantenimiento y supervisión de la infraestructura de transporte e infraestructura multisectorial en el país.
Con esta actualización tecnológica, el Ministerio de Transporte reafirma su compromiso con la modernización y la excelencia en la gestión pública, fortaleciendo la confianza de los ciudadanos y los actores del sector en la ejecución de proyectos que impulsan el desarrollo nacional.