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ICA Seccional Cesar Establece Fechas Límites para Venta y Siembra de Semillas de Maíz y Sorgo en 2026

Proviene de: Resoluciones

5 de mayo de 2026 19:1:59

Entidad Emisora y Marco Normativo

La Resolución No. 00003998 fue emitida por la Gerencia Seccional Cesar del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) el 16 de marzo de 2026. Esta acción se fundamenta en diversas disposiciones legales, entre ellas el artículo 65 de la Ley 101 de 1993, el artículo 2.13.1.1.2 del Decreto 1071 de 2015 modificado por el Decreto 1449 de 2015, así como los artículos 156 y 157 de la Ley 1955 de 2019. Además, se apoya en resoluciones previas sobre sanidad vegetal y semillas, como la Resolución 1676 de 2011 y sus modificaciones posteriores.

Objeto y Campo de Aplicación

El tema principal de esta resolución es establecer de manera clara y precisa las fechas límite para la venta y siembra de semillas de maíz (Zea mays) y sorgo (Sorghum bicolor) para la cosecha del primer y segundo semestre del año 2026 en el departamento del Cesar. La norma se dirige a todas las personas naturales o jurídicas dedicadas a la venta y siembra de estas semillas, así como a las asociaciones o gremios que agremien a los agricultores en la región. Este público es clave para la implementación efectiva de las medidas fitosanitarias y para garantizar la protección del sector agropecuario.

Objetivos y Finalidad

El objetivo central de la resolución es mitigar los riesgos fitosanitarios asociados con la producción de maíz y sorgo, previniendo la introducción y propagación de plagas y enfermedades que puedan afectar el rendimiento y la calidad de los cultivos. Además, busca mantener y mejorar el estatus fitosanitario del departamento, consolidando medidas que contribuyan a la sanidad agropecuaria y al desarrollo sostenible de la producción agrícola regional.

Decisiones y Regulaciones Principales

Entre las decisiones más relevantes, la resolución establece:
  • Fechas límite para venta y siembra: Se delimitan dos zonas agroecológicas en el Cesar —Zona Norte y Zona Centro y Sur— con períodos específicos para la comercialización y siembra de semillas en los semestres A y B de 2026. Por ejemplo, en la Zona Norte, la venta para el semestre A es del 20 de marzo al 15 de mayo, y la siembra del 20 de marzo al 20 de mayo.
  • Registro obligatorio de agricultores: Toda persona natural o jurídica que cultive maíz o sorgo debe registrarse ante el ICA, garantizando un control efectivo sobre los productores y facilitando la vigilancia fitosanitaria.
  • Obligación de usar semilla certificada: Solo se permite la siembra con semillas certificadas y aprobadas por el ICA para la subregión agroecológica correspondiente.
  • Medidas sanitarias: Se establecen obligaciones de cumplir normas sanitarias, eliminar rebrotes tras cosechas y utilizar productos registrados para el control fitosanitario.
  • Mecanismos para modificación de fechas: Se prevé un procedimiento para solicitar prórrogas o cambios en las fechas límite, mediante presentación escrita y evaluación técnica por parte del ICA.
  • Sanciones: El incumplimiento será sancionado conforme a la Ley 1955 de 2019, sin perjuicio de acciones civiles o penales.

Modificaciones y Vigencia

La presente resolución deroga la Resolución No. 00003041 de 2025, actualizando y ajustando las disposiciones para la campaña agrícola de 2026. Entra en vigencia a partir de su publicación, marcando un nuevo marco regulatorio para la producción de maíz y sorgo en el departamento del Cesar.

Impacto Potencial

Estas medidas buscan preservar la productividad y sanidad de cultivos esenciales para la economía regional. Al regular la venta y siembra de semillas, se minimizan riesgos fitosanitarios que podrían afectar la producción, al tiempo que se fortalece el control estatal sobre el sector agrícola. La resolución representa un paso importante para garantizar la sostenibilidad y competitividad del agro en el Cesar, beneficiando tanto a productores como a consumidores. En síntesis, la Resolución No. 00003998 del ICA Seccional Cesar establece un marco claro y obligatorio para la gestión fitosanitaria en el cultivo de maíz y sorgo, alineado con la normativa nacional y las necesidades locales del sector agropecuario, contribuyendo así al desarrollo sostenible y la protección de los recursos agrícolas en la región.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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