Consejo de Estado confirma tutela que protege estabilidad laboral y pago de licencia de maternidad en cargo transitorio de la Rama Judicial
Proviene de: Sentencias
5 de mayo de 2026 19:1:34
Contexto y competencia del tribunal
La Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Quinta, del Consejo de Estado, en segunda instancia, resolvió la impugnación presentada por la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial de Cúcuta contra la sentencia de primera instancia de la Sección Cuarta, que amparó los derechos fundamentales de una funcionaria de la Rama Judicial en estado de embarazo. La providencia aborda aspectos relacionados con la estabilidad laboral reforzada por maternidad, el pago de la licencia de maternidad y la protección del derecho a la salud.
Antecedentes fácticos y procesales
La funcionaria fue nombrada en un cargo de oficial mayor creado mediante un acuerdo para descongestión judicial, con un término definido entre febrero y diciembre de 2025. Al enterarse de su embarazo durante el ejercicio de sus funciones, solicitó a las autoridades competentes la prórroga o reubicación en un cargo igual o superior para asegurar su estabilidad laboral reforzada durante el embarazo y lactancia, así como el pago de la licencia de maternidad y demás prestaciones sociales.
La entidad demandada negó la continuidad del cargo argumentando la naturaleza transitoria del mismo y la falta de recursos presupuestales para su prórroga. La funcionaria interpuso acción de tutela, alegando la vulneración de sus derechos fundamentales a la estabilidad laboral reforzada, la salud, la dignidad humana y la seguridad social.
En primera instancia, el Consejo de Estado amparó dichos derechos, ordenando a la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial adelantar las gestiones para reconocer el pago ininterrumpido de los aportes al sistema de salud durante la gestación y hasta el inicio de la licencia de maternidad, así...
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