Consejo de Estado corrige error formal en sentencia de reparación directa por privación de la libertad
Proviene de: Sentencias
5 de mayo de 2026 19:0:49
Contexto y tribunal
La providencia fue emitida por la Subsección B de la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, máxima autoridad en materia administrativa en segunda instancia. El proceso corresponde a una acción de reparación directa instaurada contra la Nación y la Fiscalía General, en relación con daños ocasionados por la privación injusta de la libertad de una persona.
Antecedentes del caso
En la sentencia de segunda instancia dictada el 11 de noviembre de 2022, el Consejo de Estado revocó la decisión del Tribunal Administrativo del Valle del Cauca y condenó a la Nación – Rama Judicial – Dirección Ejecutiva de Administración Judicial a reparar el daño causado por la privación de libertad. Además, se ordenó el pago de indemnizaciones por perjuicios morales a favor de varias personas relacionadas con la víctima directa.
Posteriormente, la parte demandante solicitó la corrección en la parte resolutiva de dicha sentencia, debido a que uno de los beneficiarios aparecía con un nombre incompleto, específicamente, se omitió su segundo nombre, lo que implicaba un error formal en la providencia.
Consideraciones jurídicas
El Consejo de Estado fundamentó su decisión en el artículo 286 del Código General del Proceso (Ley 1564 de 2012), que permite la corrección de errores aritméticos y gramaticales en las providencias mediante auto, incluso después de concluido el proceso. Este precepto abarca los errores por omisión o alteración de palabras en la parte resolutiva que influyan en la decisión.
Tras verificar la documentación allegada al expediente, como la nota de presentación personal del poder y la cédula de ciudadanía, se constató que el...
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