Objetivo y alcance del proyecto
El proyecto de circular externa está dirigido a los fondos de garantías que administran recursos públicos del orden nacional y que son vigilados directa o indirectamente por la Superintendencia Financiera. Su propósito es promover una adecuada gestión de los riesgos vinculados a los esquemas de garantía global, así como establecer lineamientos para el reconocimiento de estas garantías en el sistema de gestión del riesgo de crédito de los establecimientos de crédito.
Contexto normativo y antecedentes
El documento se fundamenta en el artículo 88 del Plan Nacional de Desarrollo (Ley 2294 de 2023), que impulsa instrumentos y programas para promover la inclusión financiera, especialmente para micro, pequeñas y medianas empresas y pequeños productores del sector agropecuario. En ese marco, el Fondo Nacional de Garantías y el Fondo Agropecuario de Garantías han manifestado interés en diseñar un producto de garantía global para cubrir riesgos de incumplimiento en portafolios de créditos con características similares, generando eficiencias en la colocación de garantías y favoreciendo la inclusión financiera.
Modificaciones y lineamientos técnicos
La Superintendencia Financiera propone modificar integralmente la gestión del riesgo de garantías en la Circular Básica Financiera (CBF), incluyendo a todos los fondos que administren recursos públicos nacionales bajo su vigilancia. Se establecen reglas para la gestión del riesgo en esquemas de garantía global, diferenciando dos esquemas según la capacidad del fondo para limitar su responsabilidad.
Además, se ajustan anexos técnicos para incorporar metodologías de estimación de la pérdida dado el incumplimiento (PDI) y el cálculo de provisiones individuales para créditos garantizados bajo estos esquemas. Estas medidas buscan que tanto fondos oferentes como establecimientos de crédito gestionen adecuadamente los riesgos inherentes a la cartera cubierta.
Plazos y procedimiento para comentarios
El plazo para remitir comentarios al proyecto vence el martes 12 de mayo de 2026. Las observaciones deberán enviarse mediante la matriz para comentarios externos disponible en formato Word, radicada a través del correo electrónico de la Superintendencia Financiera, incluyendo el número de radicación asignado al proyecto.
Vigencia
Las instrucciones contenidas en la circular entrarán en vigor doce meses después de su expedición, permitiendo un periodo de adaptación y preparación para las entidades involucradas.
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