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Proyecto de Resolución de la Dirección General Marítima modifica plazo para reserva de matrícula y nombre de naves

Proviene de: Proyectos de Resolución

13 de mayo de 2026 0:13:22

Propósito general del proyecto de resolución

El proyecto de resolución presentado por la Dirección General Marítima tiene como propósito modificar el artículo 4.3A.1.2.6 de la Parte 3A del Reglamento para Actividades Marítimas (REMAC 4), específicamente en lo relacionado con el plazo establecido para la reserva de matrícula y nombre de naves y artefactos navales. La iniciativa busca ajustar los tiempos administrativos para mejorar la eficiencia en el registro marítimo.

Objetivo principal y beneficios

El objetivo principal del proyecto es reducir de noventa (90) a treinta (30) días calendario el plazo para la vigencia de la reserva de nombre previa a la matrícula de las embarcaciones. Esta medida pretende evitar el acaparamiento innecesario de nombres, aumentar la disponibilidad efectiva de denominaciones para nuevos registros y agilizar los trámites administrativos, beneficiando a los propietarios de naves y artefactos navales, así como a la autoridad marítima encargada del registro.

Nuevas disposiciones y mecanismos introducidos

Según el proyecto, el propietario de una nave o artefacto naval podrá solicitar previamente la reserva de matrícula y nombre presentando una solicitud con información detallada, que incluye:
  • Nombre de la nave o artefacto naval.
  • Tipo de embarcación (pasaje, transporte mixto, carga, tanquero, pesca, remolcador, recreo, servicios especiales, entre otros).
  • Dimensiones como eslora, manga y puntal de diseño.
  • Arqueo bruto.
  • Tipo de navegación y tráfico previsto.
  • Fechas importantes como postura de quilla y entrega.
  • Información del constructor y lugar de construcción.
Se mantiene la prohibición de reservar nombres ya asignados o reservados. Además, si transcurridos los treinta (30) días calendario el usuario no inicia el trámite formal de matrícula, la reserva será eliminada automáticamente del sistema, liberando el nombre para otros interesados.

Acciones y regulaciones establecidas

La resolución establece que la nueva vigencia de la reserva será de treinta (30) días calendario, tiempo considerado suficiente para realizar el trámite de matrícula sin afectar los derechos de los usuarios. La medida optimiza la gestión administrativa al evitar reservas prolongadas e innecesarias que limitan la disponibilidad de nombres y generan ineficiencias en el registro marítimo.

Impacto y alcance potencial

Esta reducción en el plazo para la reserva de matrícula y nombre favorecerá una mayor rotación y disponibilidad de denominaciones en el registro de naves y artefactos navales, promoviendo la eficiencia del sistema y facilitando el proceso para los usuarios. Asimismo, contribuye al cumplimiento de los objetivos estratégicos de la Dirección General Marítima en materia de regulación, control y seguridad en las actividades marítimas.

Participación de actores clave

El proyecto involucra principalmente a la Dirección General Marítima como autoridad nacional encargada de la regulación y control de las actividades marítimas, así como a los propietarios y operadores de naves y artefactos navales que participan en el proceso de matrícula y registro. La iniciativa responde a la experiencia administrativa acumulada y busca mejorar los procedimientos vigentes para beneficio de todos los actores del sector marítimo. La resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial, derogando las disposiciones que se opongan a lo establecido en este proyecto. Con esta medida, se espera fortalecer la gestión marítima y garantizar un servicio más ágil y eficiente para todos los usuarios del sector.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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