Consejo de Estado declara infundado recurso extraordinario de revisión en caso de entrega de inmueble adjudicado en proceso ejecutivo
Proviene de: Sentencias
13 de mayo de 2026 0:9:4
Tribunal y naturaleza de la providencia
La providencia analizada corresponde a una sentencia única de la Sala Quinta Especial de Decisión del Consejo de Estado, dictada en segunda instancia el 6 de abril de 2026, en el marco de un recurso extraordinario de revisión contra una sentencia de 31 de mayo de 2023, proferida por la Sección Tercera, Subsección C del mismo alto tribunal. El recurso se presentó en el proceso de reparación directa radicado bajo el número 2700-12-331-000-2012-00006-02.
Antecedentes fácticos y procesales
El litigio se originó en un proceso ejecutivo mixto iniciado en 2004, en el cual una entidad bancaria demandó el pago de una deuda garantizada con hipoteca sobre un inmueble. En 2006, el Juzgado Segundo Civil Municipal de una ciudad del Pacífico adjudicó el inmueble a una persona que se había hecho parte del proceso en calidad de rematante. Sin embargo, el propietario inicial presentó incidentes de nulidad y demandas de nulidad sustancial alegando que el avalúo catastral estaba desactualizado y que la diligencia de remate desconocía el valor real del inmueble.
Durante el proceso ejecutivo se presentaron múltiples recursos y solicitudes de suspensión, lo que motivó que el juzgado suspendiera la entrega material del bien hasta que se resolviera la demanda de nulidad sustancial. La entrega efectiva del inmueble se concretó finalmente en 2011, luego de una acción de tutela que ordenó la entrega, amparando derechos fundamentales como el debido proceso y el acceso a la administración de justicia.
Posteriormente, los demandantes promovieron una acción de reparación directa contra la Nación – Rama Judicial, el Consejo Superior de la Judicatura y...
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