Consejo de Estado confirma tutela por mora judicial en proceso administrativo y ordena remisión inmediata del expediente
Proviene de: Sentencias
13 de mayo de 2026 0:9:16
Contexto y tribunal competente
La providencia fue proferida por la Subsección A de la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en segunda instancia, con base en el recurso de impugnación interpuesto contra la sentencia de primera instancia dictada por la Subsección A de la Sección Segunda del mismo alto tribunal.
Antecedentes del caso
Los accionantes presentaron acción de tutela contra el Tribunal Administrativo de Norte de Santander, el Juzgado Administrativo Transitorio de Bucaramanga y un conjuez, por presunta vulneración de sus derechos fundamentales al debido proceso, al acceso a la administración de justicia y a la pronta y cumplida justicia. El reclamo se originó en la demora injustificada en la admisión de una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho, radicada en enero de 2020, cuyo trámite se vio paralizado por múltiples controversias sobre la competencia y problemas técnicos en la plataforma judicial digital (SAMAI).
Durante el proceso se identificaron dificultades como la tardía notificación de la designación del conjuez, impedimentos formulados y la inexistencia del juzgado transitorio inicialmente competente, que fue reemplazado por otro despacho judicial transitorio posteriormente creado. A pesar de estas circunstancias, la demora en adoptar una decisión sobre la admisión de la demanda excedió ampliamente los plazos razonables, superando los cinco años y diez meses.
Consideraciones jurídicas y análisis de la mora judicial
La Sala recordó que la mora judicial es un fenómeno multicausal, vinculado generalmente a deficiencias estructurales del sistema judicial, y que no toda demora configura una vulneración constitucional. Según la Corte Constitucional, para que exista mora judicial injustificada se deben cumplir ciertos...
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