Consejo de Estado confirma cumplimiento de sentencia sobre pago de licencia de maternidad
Proviene de: Sentencias
13 de mayo de 2026 0:9:28
Contexto y naturaleza de la decisión
El Consejo de Estado, en su calidad de máximo tribunal administrativo de Colombia, resolvió un auto interlocutorio mediante el cual negó la apertura de un incidente de desacato solicitado en el marco de una acción de tutela. Esta decisión fue adoptada por la Sección Primera, en Sala Unitaria, y responde a un proceso en segunda instancia relacionado con la protección de derechos fundamentales.
Antecedentes fácticos y procesales
La acción de tutela fue interpuesta por una ex servidora judicial que alegaba la vulneración de sus derechos fundamentales a la seguridad social y al mínimo vital, debido a la falta de pago de su licencia de maternidad reconocida desde el 1° de diciembre de 2025. En sentencia de 5 de marzo de 2026, la Sección Primera del Consejo de Estado amparó su derecho fundamental al mínimo vital y ordenó a la Dirección Seccional de Administración Judicial de Bogotá realizar el pago íntegro de dicha licencia en un término de 48 horas.
Posteriormente, la accionante solicitó la apertura de un incidente de desacato, argumentando que no se había cumplido con el pago ordenado, pese a que la licencia se vencía el 4 de abril de 2026. En respuesta, el tribunal requirió a la Dirección Seccional de Administración Judicial para que informara y presentara pruebas sobre el cumplimiento de la sentencia.
Consideraciones y resolución judicial
En el informe remitido, la Dirección Seccional de Administración Judicial de Bogotá confirmó que el pago correspondiente a la licencia de maternidad fue efectuado el 27 de marzo de 2026, por un valor superior a veintisiete millones de pesos...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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