Consejo de Estado declara improcedente tutela contra providencia que negó prueba testimonial en caso de reparación directa en San Andrés
Proviene de: Sentencias
13 de mayo de 2026 0:9:51
Providencia judicial y tribunal de primera y segunda instancia
La decisión fue proferida por la Sección Quinta del Consejo de Estado en ejercicio de su competencia para conocer recursos constitucionales contra providencias judiciales, con base en los Decretos 2591 de 1991, 1069 de 2015, 1983 de 2017 y 333 de 2021, y el Acuerdo 080 de 2019. La acción de tutela fue interpuesta contra un auto del Tribunal Administrativo del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina que confirmó la negativa a practicar un testimonio ordenado previamente por un juez de primera instancia en el mismo circuito judicial.
Antecedentes fácticos y procesales
El caso tiene su origen en un accidente ocurrido durante una actividad recreativa acuática (parasailing) en el Archipiélago de San Andrés, que causó lesiones a varios participantes. Los afectados promovieron una demanda de reparación directa en contra de la Nación – Ministerio de Defensa Nacional – Dirección General Marítima, la Gobernación del departamento y las empresas prestadoras del servicio turístico, alegando responsabilidad administrativa solidaria.
En el proceso ordinario, el juez de primera instancia admitió la demanda, aceptó el llamamiento en garantía de una aseguradora, y decretó la práctica de testimonios de varios testigos. Durante la audiencia de pruebas, se escucharon algunos testimonios, pero se negó la práctica de uno de ellos argumentando un “desistimiento tácito” por la inasistencia del testigo, quien justificó su ausencia posteriormente alegando estar en un vuelo internacional. La apelación contra esta decisión fue confirmada por el Tribunal Administrativo.
Consideraciones jurídicas y razón principal de la decisión
El Consejo de Estado examinó la procedencia de la acción de tutela contra...
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