Consejo de Estado admite recurso extraordinario de revisión contra sentencia de la UGPP
Proviene de: Sentencias
13 de mayo de 2026 0:11:3
Contexto y naturaleza de la decisión
El Consejo de Estado, en su Sala de lo Contencioso Administrativo y a través de un auto proferido en segunda instancia, admitió un recurso extraordinario de revisión presentado contra una sentencia emitida el 19 de junio de 2025 por una subsección de la misma corporación. Esta admisión corresponde a un paso procesal esencial que permite reexaminar decisiones judiciales cuando se cumplen ciertos requisitos legales, específicamente los previstos en el artículo 248 y siguientes del CPACA.
Antecedentes fácticos y procesales
El recurso fue interpuesto por un ciudadano en contra de la Unidad Administrativa de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP), entidad que actuó como parte demandada en el proceso original. Aunque inicialmente en la demanda no se designó formalmente a la parte demandada, se aclaró esta situación mediante el correo electrónico con el que se radicó el recurso, identificando a la UGPP como la parte pasiva en el litigio.
El proceso se relaciona con una acción de nulidad y restablecimiento del derecho, cuya radicación inicial se encuentra en el Tribunal Administrativo del Cauca. El recurso extraordinario de revisión busca impugnar la sentencia emitida por la Subsección B de la Sección Segunda del Consejo de Estado, en un proceso que involucra aspectos de gestión pensional y contribuciones parafiscales.
Consideraciones jurídicas y procedimiento
El auto de admisión precisa que el recurso cumple con los requisitos legales para su trámite, conforme al artículo 248 y siguientes del CPACA. En consecuencia, el Consejo de Estado ordenó notificar a la UGPP y al agente del Ministerio Público, así como remitir copia digital...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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