Consejo de Estado inadmite demanda de pérdida de investidura contra Representante a la Cámara por Bogotá D.C.
Proviene de: Sentencias
13 de mayo de 2026 0:11:13
Providencia judicial en primera instancia sobre pérdida de investidura
La providencia objeto de análisis es un auto inadmisorio emitido por la Sala Plena de lo Contencioso Administrativo, Sala Dieciocho Especial de Decisión de Pérdida de Investidura del Consejo de Estado, en el marco de una solicitud de pérdida de investidura presentada contra un Representante a la Cámara, correspondiente al período constitucional 2026-2030, por la circunscripción electoral de Bogotá D.C.
Antecedentes fácticos y procesales
El solicitante, actuando en propio nombre y representación, presentó demanda solicitando la pérdida de investidura del congresista en cuestión, argumentando una presunta violación al numeral 8 del artículo 179 de la Constitución Política de Colombia de 1991, y al numeral 2 del artículo 29 del Decreto 1421 de 1993, que regula incompatibilidades para el Distrito Capital. La supuesta causal se fundamenta en que el Representante a la Cámara habría ejercido simultáneamente un cargo como concejal de Bogotá D.C. para el período 2024-2027, renunciando posteriormente para aspirar al Congreso, configurando una superposición temporal prohibida constitucionalmente.
Inicialmente, la demanda fue asignada a la Sección Quinta, pero se ordenó la anulación del reparto debido a la competencia exclusiva de las Salas Especiales de Decisión de lo Contencioso Administrativo para conocer en primera instancia los procesos de pérdida de investidura, conforme a los artículos 107, 111 y 143 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA) y el Acuerdo 80 de 2019 del Consejo de Estado.
Consideraciones jurídicas y motivos de inadmisión
Tras el reparto a la Sala Dieciocho, se procedió a analizar el cumplimiento de los requisitos formales y sustanciales previstos en la...
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