Consejo de Estado admite demanda contra Decreto que reglamenta traslado de recursos pensionales
Proviene de: Sentencias
13 de mayo de 2026 0:11:53
Tribunal y naturaleza de la decisión
La providencia fue emitida por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Segunda - Subsección B, del Consejo de Estado, en primera instancia. Se trata de un auto mediante el cual se admite la demanda de nulidad con suspensión provisional interpuesta contra el Decreto 415 de 2026.
Antecedentes fácticos y procesales
La demanda fue presentada por varias sociedades administradoras de fondos de pensiones y cesantías del componente complementario de ahorro individual, quienes impugnaron el Decreto 415 de 2026. Este decreto adiciona los capítulos 5 y 6 al Título 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1833 de 2016, con el fin de reglamentar la exigibilidad del traslado de recursos desde el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS) al Régimen de Prima Media con Prestación Definida, a cargo de la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones), en virtud del traslado previsto en el artículo 76 de la Ley 2381 de 2024.
El Consejo de Estado reconoció la especial trascendencia económica, jurídica y social del asunto, por lo cual decidió tramitar la demanda con prelación, conforme al artículo 63A de la Ley 270 de 1996.
Consideraciones jurídicas de la providencia
Respecto a la competencia, el Consejo de Estado se declaró competente para conocer y decidir sobre la demanda, apoyándose en el artículo 149.1 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), que le asigna el conocimiento de nulidad de actos administrativos expedidos por autoridades nacionales.
En cuanto a la oportunidad, el medio de control de nulidad puede ser ejercido en cualquier tiempo, conforme al artículo 164.1 letra...
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