Consejo de Estado modifica sentencia sobre reporte de precios en SISMED y ordena estudio integral del sistema
Proviene de: Sentencias
13 de mayo de 2026 0:6:6
Contexto y tribunal competente
La providencia en análisis fue proferida por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en ejercicio de la segunda instancia, dentro del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de primera instancia dictada por la Subsección B de la Sección Primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca.
Antecedentes fácticos y procesales
La acción popular fue presentada por una ciudadana contra los Ministerios de Salud y Protección Social y de Comercio, Industria y Turismo, con el fin de proteger derechos colectivos relacionados con la moralidad administrativa, defensa del patrimonio público, libre competencia económica y derechos de los consumidores, conforme a la Ley 472 de 1998. La demanda se fundamentó en el presunto incumplimiento masivo y reiterado por parte de entidades del sector salud y farmacéutico en la obligación de reportar trimestralmente información al SISMED, conforme a la Circular 04 de la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos (CNPM).
Durante el proceso, múltiples entidades públicas y privadas del sector salud presentaron contestaciones y pruebas, en las cuales se reconoció la existencia de dificultades técnicas y operativas en la implementación y funcionamiento del SISMED, así como la adopción progresiva de medidas de mejora y sanciones por incumplimientos detectados.
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca en primera instancia declaró la vulneración de los derechos colectivos a la libre competencia económica y a los consumidores y usuarios, ordenando a los Ministerios demandados fortalecer la infraestructura del SISMED y garantizar el cumplimiento del reporte trimestral por parte de los obligados. Además, estableció la conformación de un comité de verificación y exhortó a...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.