Consejo de Estado confirma auto que niega prueba testimonial en controversia contractual entre empresa de consultoría y entidad pública
Proviene de: Sentencias
13 de mayo de 2026 0:6:7
Contexto y naturaleza de la decisión
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en calidad de segunda instancia, resolvió un recurso de apelación interpuesto contra un auto dictado por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca en la audiencia inicial del proceso, celebrada el 18 de septiembre de 2025. La decisión confirmada negó el decreto de una prueba testimonial solicitada por la parte demandada, una entidad pública, en el marco de una controversia contractual con una empresa de consultoría.
Antecedentes fácticos y procesales
La demanda fue instaurada en diciembre de 2019 por la empresa de consultoría contra la entidad pública, buscando la nulidad de una resolución administrativa que declaró incumplimiento contractual. Además, solicitó que se ordenara la abstención de exigir el pago de una cláusula penal, la devolución de valores ya pagados, la indemnización por perjuicios materiales y lucro cesante, y el reconocimiento de las obligaciones pendientes de pago sobre el contrato.
En respuesta, la entidad demandada se opuso a las pretensiones y solicitó, entre otras pruebas, la práctica de una declaración testimonial de un tercero para acreditar el presunto incumplimiento y la regularidad del procedimiento administrativo sancionatorio.
Durante la audiencia inicial, el Tribunal Administrativo negó la prueba testimonial argumentando que la documentación aportada, en especial el expediente administrativo del contrato, era suficiente para esclarecer los hechos controvertidos.
Insatisfecha con esta decisión, la entidad interpuso recurso de apelación, alegando la pertinencia, utilidad y necesidad del testimonio solicitado para demostrar el incumplimiento contractual y la validez del acto administrativo. Sin embargo, el Consejo de Estado confirmó el auto impugnado.
Consideraciones jurídicas y fundamento de la decisión
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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