Consejo de Estado revoca sentencia y rechaza acción de cumplimiento sobre reglamentos técnicos de seguridad vial
Proviene de: Sentencias
13 de mayo de 2026 0:6:53
Contexto y naturaleza de la decisión
El pasado 23 de abril de 2026, la Sala Quinta de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado profirió una sentencia de segunda instancia en el proceso radicado bajo el número 25000-23-41-000-2025-02081-01. Esta providencia revocó la decisión del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que en febrero de 2026 había declarado improcedente la acción de cumplimiento interpuesta por una organización de la sociedad civil contra la Presidencia de la República, el Ministerio de Transporte, la Superintendencia de Industria y Comercio y la Agencia Nacional de Seguridad Vial.
Antecedentes fácticos y procesales
La acción de cumplimiento fue instaurada en ejercicio del mecanismo previsto en la Ley 393 de 1997, con el fin de exigir el cumplimiento del cronograma obligatorio contenido en el Anexo Técnico del Decreto Presidencial 1430 de 2022, que adoptó el Plan Nacional de Seguridad Vial 2022–2031. En particular, se reclamaba la entrada en vigor inmediata y sin nuevas prórrogas de siete reglamentos técnicos expedidos en 2022 sobre diversos aspectos de seguridad vehicular, cuya aplicación había sido aplazada mediante actos administrativos sucesivos hasta el año 2026.
La Fundación demandante sostuvo que dichos aplazamientos incumplían el decreto y ponían en riesgo la seguridad vial, respaldándose en evidencia técnica elaborada por la Agencia Nacional de Seguridad Vial. Antes de acudir a la justicia, la Fundación presentó un requerimiento administrativo para constituir en renuencia a las entidades involucradas, solicitando el cumplimiento de las obligaciones señaladas.
En primera instancia, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca declaró improcedente la acción de cumplimiento, argumentando que la demanda en realidad pretendía impugnar la legalidad de los actos administrativos...
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