Consejo de Estado corrige sentencia sobre indemnización en caso de reparación directa contra el Ejército Nacional
Proviene de: Sentencias
13 de mayo de 2026 0:7:10
Tribunal e instancia procesal
La providencia fue dictada por la Subsección B de la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en segunda instancia, en un proceso de reparación directa iniciado contra el Ministerio de Defensa – Ejército Nacional.
Antecedentes fácticos y procesales
El litigio tiene origen en el fallecimiento de tres trabajadores que se desempeñaban como erradicadores manuales de cultivos ilícitos en julio de 2009. La demanda fue presentada buscando la reparación por los daños patrimoniales y extrapatrimoniales causados a sus familiares.
En primera instancia, el Tribunal Administrativo correspondiente había declarado probada una excepción de hecho presentada por un tercero, negando las pretensiones de la demanda. Sin embargo, en providencia del 2 de agosto de 2024, la Subsección B revocó dicha sentencia y accedió parcialmente a las pretensiones, declarando la responsabilidad patrimonial y extracontractual del Ministerio de Defensa – Ejército Nacional.
La sentencia estableció indemnizaciones por perjuicios morales y materiales para los familiares de los fallecidos, cuantificadas en salarios mínimos legales mensuales vigentes y sumas específicas en pesos colombianos para lucro cesante. No obstante, se omitió una palabra en el literal b) del ordinal segundo de la parte resolutiva, generando ambigüedad en cuanto al número de beneficiarios de una indemnización en particular.
Consideraciones y razón principal de la decisión
El Consejo de Estado recordó que, en virtud de los principios de seguridad jurídica e intangibilidad de la cosa juzgada, el juez no puede revocar ni reformar sentencias, pero sí está facultado para aclararlas, corregir errores y adicionar contenido conforme al artículo 286 del Código General del Proceso.
Tras analizar el expediente,...
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