Consejo de Estado remite a Tribunal Administrativo de Nariño recusación en proceso de repetición contra exoficial de la Policía Nacional
Proviene de: Sentencias
13 de mayo de 2026 0:6:55
Contexto y antecedentes del proceso
El presente asunto se origina en una demanda de repetición presentada por la Nación - Ministerio de Defensa - Policía Nacional, con el propósito de que un exoficial reintegre las sumas pagadas por la entidad en virtud de una condena impuesta en un proceso de reparación directa. Este proceso inicial fue promovido por la muerte de varios uniformados ocurrida en un accidente náutico en noviembre de 2004, durante una operación contra un laboratorio de procesamiento de narcóticos en el departamento de Nariño.
La demanda de repetición fue admitida por la Sala Segunda de Decisión del Tribunal Administrativo de Nariño, instancia ante la cual el exoficial interpuso recusación contra los magistrados encargados de conocer el caso. La recusación se fundamentó en la supuesta falta de imparcialidad de los magistrados, debido a que ellos habían intervenido en procesos anteriores relacionados con los mismos hechos y habían adoptado criterios que, según el recusante, se mantendrían en este proceso sin posibilidad de cambio.
Consideraciones sobre la recusación
Los magistrados de la Sala Segunda del Tribunal Administrativo de Nariño rechazaron la recusación inicialmente, argumentando que las causales previstas en el artículo 141 del Código General del Proceso (CGP) son taxativas y restrictivas, y que el demandado no acreditó la existencia de ninguna de ellas. Además, se señaló que la reparación directa y la repetición son procesos independientes, por lo que la actuación en uno no compromete la imparcialidad en el otro.
Por su parte, la Sala Primera de Decisión del mismo tribunal, encargada de resolver la recusación, también consideró que el demandado no especificó la...
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