Consejo de Estado confirma negación de patente por ausencia de novedad e inventiva en compuesto farmacéutico
Proviene de: Sentencias
13 de mayo de 2026 17:6:37
Providencia y tribunal competente
La sentencia fue emitida por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, actuando en única instancia para resolver la demanda contra la resolución administrativa de la Superintendencia de Industria y Comercio que negó la patente de invención solicitada para un compuesto farmacéutico.
Antecedentes fácticos y procesales
La sociedad demandante solicitó en 1996 la concesión de una patente para un compuesto denominado “Compuestos de 6-dimetilaminometil-1-fenil ciclohexano y procedimiento para el uso de dichos compuestos”, destinado al tratamiento analgésico de dolores fuertes sin efectos secundarios típicos de opioides. La SIC negó la patente en 2002, aduciendo falta de novedad y nivel inventivo, basándose en dos documentos previos (US 3652589 y GB 997399) que describían compuestos químicos con características estructurales y funcionales similares.
Tras agotar el recurso de reposición, la demandante interpuso acción de nulidad y restablecimiento del derecho contra las resoluciones que negaron la patente. Alegó que la autoridad había interpretado erróneamente los requisitos legales de novedad y nivel inventivo, argumentando diferencias químicas sustanciales y efectos analgésicos superiores del compuesto solicitado en comparación con los antecedentes.
Durante el proceso, se decretaron pruebas documentales y periciales, incluyendo un dictamen técnico solicitado por la demandante y un concepto técnico presentado por la SIC para controvertirlo. La Sala también recibió la interpretación prejudicial del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina sobre la normativa aplicable.
Consideraciones jurídicas y análisis técnico
La Sala recordó que la normativa aplicable al examen de patentabilidad corresponde a la Decisión 344 de 1993 de la Comunidad Andina, vigente al momento de la solicitud. Conforme al artículo...
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