Consejo de Estado revoca nulidad de liquidación tributaria por incremento patrimonial no justificado en sociedad de economía mixta
Proviene de: Sentencias
13 de mayo de 2026 17:26:16
Contexto y proyección de la providencia
El Consejo de Estado, en segunda instancia y mediante sentencia del 7 de mayo de 2026, resolvió el recurso de apelación interpuesto por la DIAN contra la sentencia del Tribunal Administrativo de Risaralda, que había declarado la nulidad de la liquidación oficial y la resolución que confirmó el acto administrativo inicial, relacionados con la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios para el año gravable 2013 presentada por una sociedad de economía mixta. La demanda fue interpuesta bajo el control de nulidad y restablecimiento del derecho, contemplado en el artículo 138 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011).
Antecedentes fácticos y procesales
La sociedad demandante presentó su declaración de renta del año gravable 2013 reportando una pérdida fiscal y un saldo a favor. Posteriormente, la DIAN inició una investigación fiscal motivada por hallazgos trasladados por la Contraloría General de la República, que detectó una diferencia patrimonial significativa entre los patrimonios líquidos declarados en 2012 y 2013. La DIAN emitió una liquidación oficial adicionando rentas gravables mediante el sistema de renta por comparación patrimonial y aplicó una sanción por inexactitud. La sociedad interpuso recurso de reconsideración que fue negado. En primera instancia, el Tribunal Administrativo de Risaralda declaró la nulidad de los actos administrativos y ordenó el restablecimiento del derecho, sin condena en costas.
Consideraciones jurídicas de la Sala
La Sala recordó que el sistema de renta por comparación patrimonial, regulado en los artículos 236 y 237 del Estatuto Tributario, funciona como un mecanismo supletorio para determinar el impuesto sobre la renta...
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