Contexto y propósito de la Circular
La Circular 12757000006004 fue emitida por la Dirección de Gestión de Aduanas de la DIAN con el propósito de informar a sus funcionarios, importadores y demás usuarios del comercio exterior sobre la aplicación de gravámenes ad valorem a productos agropecuarios y sus derivados. Esta medida se enmarca en el cumplimiento de las disposiciones establecidas por el Sistema Andino de las Franjas de Precios Agropecuarios (SAFP), regulado por las decisiones de la Comisión del Acuerdo de Cartagena, las resoluciones de la Junta de la Comunidad Andina y demás normativas vigentes.
El propósito principal es garantizar que los aranceles aplicados a las importaciones provenientes de terceros países estén alineados con las reglas establecidas en el ámbito regional. Así, se establece un marco claro y uniforme para el cálculo y aplicación de estos gravámenes, contribuyendo a la transparencia y seguridad jurídica en las operaciones de comercio exterior.
Alcance y sujetos obligados
Esta circular tiene un alcance externo, dirigido a funcionarios de la DIAN, importadores y demás usuarios vinculados con el comercio exterior. Los sujetos obligados a cumplir con lo establecido son quienes realizan importaciones de productos agropecuarios de referencia, sus sustitutos, productos agroindustriales o subproductos.
Los aranceles señalados serán aplicables a las importaciones procedentes de terceros países, sin considerar las preferencias arancelarias que Colombia haya otorgado en virtud de acuerdos comerciales internacionales. Se destaca que estos gravámenes corresponden al arancel total según lo dispuesto en el Decreto número 547 del 31 de marzo de 1995 y sus modificaciones.
Validez legal y fuerza vinculante
Dado que la circular proviene de la Dirección de Gestión de Aduanas de la DIAN, entidad pública con competencia en la materia tributaria y aduanera, la misma tiene carácter vinculante para los funcionarios de la entidad y para los importadores y usuarios del comercio exterior. Su cumplimiento es obligatorio en la aplicación de los gravámenes ad valorem para los productos indicados.
Además, la circular se fundamenta en normativas internacionales y nacionales vigentes, lo que le otorga respaldo legal y garantiza su pertinencia en el marco jurídico colombiano y del Acuerdo de Cartagena.
Contenido sustancial de la Circular
La circular detalla los aranceles totales aplicables a los productos agropecuarios de referencia, sus sustitutos, productos agroindustriales y subproductos, en concordancia con el SAFP. Estos valores representan el arancel total que debe aplicarse a las importaciones de terceros países, excluyendo las preferencias comerciales.
El documento también aclara que estos aranceles se calculan conforme al Decreto 547 de 1995 y sus modificaciones, que regulan el régimen arancelario colombiano. De esta forma, se establecen parámetros claros para la determinación de los gravámenes, facilitando la labor de los funcionarios aduaneros y brindando seguridad a los importadores.
| Aspecto |
Detalle |
| Entidad emisora |
Dirección de Gestión de Aduanas, DIAN |
| Fecha de publicación |
12 de mayo de 2026 (Diario Oficial 13 de mayo de 2026) |
| Nombre y número |
Circular 12757000006004 de 2026 |
| Objetivo |
Informar sobre aranceles ad valorem para productos agropecuarios y agroindustriales |
| Alcance |
Funcionarios DIAN, importadores y usuarios del comercio exterior |
| Validez legal |
Normativa vinculante basada en el Decreto 547 de 1995 y acuerdos del Acuerdo de Cartagena |