Consejo de Estado niega suspensión provisional a instrucción sobre radicación de medidas cautelares en registros públicos
Proviene de: Sentencias
15 de mayo de 2026 17:36:48
Contexto y tribunal competente
La providencia fue proferida por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, del Consejo de Estado, en primera instancia, en respuesta a un recurso de nulidad interpuesto contra una instrucción administrativa de la Superintendencia de Notariado y Registro (SNR). La decisión corresponde a un auto que resuelve la solicitud de medida cautelar de suspensión provisional de los efectos del acto administrativo impugnado.
Antecedentes del caso
El proceso se originó tras la impugnación por parte de un ciudadano mediante el medio de control de nulidad previsto en el artículo 137 de la Ley 1437 de 2011. El demandante solicitó la nulidad absoluta de la Instrucción Administrativa núm. 05 de 2022, argumentando que la misma alteraba procedimientos establecidos para la radicación de medidas cautelares en las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos (ORIP), entre ellos, la eliminación de la posibilidad de tramitar oficios y comunicaciones judiciales vía correo electrónico, imponiendo la radicación física y presencial de documentos.
El reclamante adujo que esta modificación infringía diversos preceptos constitucionales, tales como los artículos 6°, 29, 83 y 150 (numeral 2) de la Constitución Política, así como normas legales y decretos legislativos relacionados con el uso de tecnologías de la información en actuaciones judiciales, incluido el Decreto Legislativo 806 de 2020 y la Ley 2213 de 2022. Además, cuestionó la competencia de la Superintendencia para expedir la instrucción, calificándola de extralimitación de funciones.
Por su parte, la entidad demandada se opuso a la medida cautelar argumentando que la instrucción administrativa fue expedida en ejercicio de la función orientadora que le confiere el artículo 11 (numeral...
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