Corte Suprema de Justicia define competencia territorial en demanda ejecutiva entre juzgados de Cota y Bogotá
Proviene de: Sentencias
15 de mayo de 2026 17:36:18
Contexto y antecedentes del caso
La providencia fue dictada por la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia, en el marco de un conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Tercero Promiscuo Municipal de Cota y el Juzgado Sesenta y Tres de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Bogotá. La disputa surgió por la demanda ejecutiva promovida contra un demandado, en la que se solicitó el pago de una letra de cambio.
El actor inicialmente presentó la demanda ante el Juzgado Municipal de Cota, alegando que la competencia correspondía a dicho despacho con base en el domicilio del demandado. Sin embargo, este juzgado rechazó la demanda y remitió el caso a Bogotá, argumentando que el título valor establecía que el lugar de cumplimiento de la obligación era la capital del país.
Por su parte, el juzgado de Bogotá también rechazó la asignación del caso, aduciendo que la competencia debía respetar la elección inicial del demandante, puesto que en la demanda se indicó como domicilio del demandado el municipio de Cota, y el título ejecutivo no especificaba expresamente el lugar de cumplimiento de la obligación. Así, planteó el conflicto de competencia ante la Corte Suprema de Justicia para su decisión.
Consideraciones jurídicas sobre la competencia territorial
El Magistrado Sustanciador de la Corte recordó que la competencia para resolver este tipo de conflictos corresponde a dicha corporación, conforme a las normas procesales vigentes.
El análisis se centró en las reglas generales y excepcionales de competencia territorial establecidas en el artículo 28 del Código General del Proceso. En términos generales, la competencia territorial...
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