Corte Suprema de Justicia confirma negativa a recurso de casación de Colpensiones en conflicto por traslado de régimen pensional
Proviene de: Sentencias
15 de mayo de 2026 17:35:39
Contexto y naturaleza del proceso
La Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia conoció el recurso de queja interpuesto por la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) contra el auto dictado por la Sala Única de Decisión del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Yopal, que el 6 de febrero de 2025 negó la admisión del recurso extraordinario de casación presentado contra la sentencia del 18 de septiembre de 2024. Esta sentencia se dictó en el marco de un proceso ordinario laboral iniciado por una afiliada contra la Sociedad Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías Porvenir S.A. y Colpensiones, en el cual se debatió la validez del traslado del Régimen Solidario de Prima Media con Prestación Definida (RSPMPD) al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS).
Antecedentes procesales y fácticos
La afiliada promovió la acción con el fin de que se declarara la ineficacia del traslado entre regímenes y que Porvenir S.A. fuera condenada a devolver a Colpensiones todos los aportes realizados, junto con los rendimientos financieros y gastos de administración correspondientes. El juzgado de primera instancia acogió esta pretensión y ordenó el traslado completo de los recursos, incluyendo primas, gastos administrativos, porcentajes para el fondo de garantía de pensión mínima y valores utilizados en seguros previsionales.
Sin embargo, en apelación, el Tribunal Superior modificó esta decisión, limitando la obligación de Porvenir S.A. a trasladar únicamente los recursos disponibles en la cuenta individual de ahorro, los rendimientos y el bono pensional efectivamente pagado, exonerando a las demás demandadas de la obligación de devolver otros conceptos.
Frente a esta modificación, Colpensiones interpuso recurso...
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