Corte Suprema declara nulidad en proceso laboral por omisión del grado jurisdiccional de consulta
Proviene de: Sentencias
15 de mayo de 2026 17:32:46
Contexto y naturaleza de la decisión
La presente providencia corresponde a un auto proferido por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, en segunda instancia, dentro de un proceso ordinario laboral. La Corte resolvió sobre un recurso de queja interpuesto contra una decisión del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali que negó un recurso extraordinario de casación. La Sala declaró la nulidad de lo actuado desde la fijación en lista del recurso de queja y ordenó la devolución del expediente al tribunal de origen para que se surta el trámite debido.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso se inició con una demanda laboral promovida por una beneficiaria que reclamaba el reconocimiento y pago de una pensión de sobrevivientes a favor de la madre supérstite de una causante fallecida. Durante el trámite, el Juzgado Laboral vinculó como litisconsorte necesario al padre de la causante. En primera instancia, se condenó a la sociedad administradora de fondos de pensiones y cesantías a reconocer y pagar la pensión reclamada, incluidos intereses moratorios y costos procesales.
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali confirmó la sentencia en apelación y condenó en costas a la entidad demandada. Posteriormente, la entidad interpuso recurso extraordinario de casación, el cual fue negado. Contra esta negativa, la entidad presentó recurso de reposición y, en subsidio, recurso de queja, que fue concedido por el tribunal de segunda instancia.
Consideraciones jurídicas centrales
La Corte Suprema destacó que el artículo 69 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social (CPTSS), modificado por la Ley 1149 de 2007, establece un grado jurisdiccional...
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