Corte Suprema de Justicia casa sentencia y reconoce pensión de vejez bajo régimen de transición
Proviene de: Sentencias
15 de mayo de 2026 17:35:32
Contexto y antecedentes procesales
La decisión fue proferida por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia en el recurso de casación interpuesto contra la sentencia de la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, emitida el 30 de septiembre de 2024, en un proceso ordinario laboral entre un solicitante y la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones).
El demandante solicitó inicialmente el reconocimiento y pago de la pensión de vejez desde el cumplimiento de los 60 años de edad, junto con el retroactivo, intereses moratorios y costas procesales. Argumentó que su empleador no reportó adecuadamente su vínculo laboral al Régimen de Prima Media (RPM) y que tenía un historial laboral que acreditaba semanas suficientes para acceder a la pensión bajo el régimen de transición.
En primera instancia, el juzgado laboral concedió parcialmente la demanda, ordenando a Colpensiones corregir la historia laboral y reconocer la pensión a partir del 1 de septiembre de 2019, con el pago del retroactivo y demás conceptos.
Sin embargo, la Sala Laboral del Tribunal Superior revocó esta decisión, absolviendo a Colpensiones de las pretensiones, al considerar que el demandante no cumplía con los requisitos de semanas cotizadas ni con la edad necesaria para acceder al régimen de transición previsto en la Ley 100 de 1993 y su modificación por el Acto Legislativo 01 de 2005.
Consideraciones de la Corte Suprema de Justicia
El recurso de casación se centró en la valoración probatoria del número de semanas cotizadas y la aplicación del régimen de transición pensional. La Corte examinó si el Tribunal Superior incurrió en error manifiesto...
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