Tribunal Administrativo de Boyacá confirma carácter salarial pleno de la bonificación judicial para servidores acogidos de la Fiscalía General de la Nación
Proviene de: Sentencias
15 de mayo de 2026 20:50:27
Contexto y tribunal que profiere la decisión
El Tribunal Administrativo de Boyacá, en segunda instancia, resolvió el recurso de apelación presentado por la Fiscalía General de la Nación contra la sentencia del Juzgado Administrativo Transitorio del Circuito Judicial de Tunja. La providencia judicial fue proferida en marzo de 2026 por la Sala de Decisión 1, que confirmó la nulidad de actos administrativos que limitaban el carácter salarial de la bonificación judicial y ordenó su inclusión integral en el cálculo de prestaciones sociales.
Antecedentes fácticos y procesales
El caso se originó con la demanda presentada por un servidor público vinculado al régimen acogido de la Fiscalía General de la Nación desde 2016. El demandante solicitó que se declarara la nulidad de actos administrativos que restringían el carácter salarial de la bonificación judicial establecida por el Decreto 382 de 2013. Según la entidad demandada, la bonificación solo constituía factor salarial para efectos de cotización al sistema de pensiones y salud. La demanda argumentó que tal restricción vulneraba principios constitucionales y la ley laboral, pues la bonificación se devengaba de forma periódica y como contraprestación directa del servicio.
El Juzgado Administrativo Transitorio accedió parcialmente a la demanda en agosto de 2025, declarando la inaplicación del aparte del Decreto 382 que limitaba los efectos salariales de la bonificación judicial y ordenando la reliquidación y pago de prestaciones sociales incluyendo esta bonificación desde 2022. La Fiscalía apeló la decisión, sosteniendo la validez del decreto y la facultad del Gobierno para reglamentar el régimen salarial de servidores públicos.
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