Tribunal Administrativo de Boyacá confirma sanción moratoria por pago tardío de cesantías docentes
Proviene de: Sentencias
15 de mayo de 2026 20:50:34
Providencia en segunda instancia sobre nulidad y restablecimiento del derecho
El Tribunal Administrativo de Boyacá, en segunda instancia, resolvió el recurso de apelación interpuesto por la Secretaría de Educación del Departamento de Boyacá contra la sentencia del Juzgado 2° Administrativo de Tunja, que concedió el reconocimiento y pago de la sanción moratoria a una docente por el retraso en el pago de sus cesantías.
Antecedentes del caso y procedimiento
La demanda fue presentada para declarar la nulidad del acto ficto configurado por silencio administrativo negativo tras la falta de respuesta a una solicitud de reconocimiento y pago de sanción moratoria por el pago tardío de cesantías. La solicitante hizo la petición el 6 de julio de 2023 ante el Departamento de Boyacá y el Ministerio de Educación junto con el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (FOMAG). Se alegó que el pago de cesantías, solicitado el 25 de mayo de 2021, se efectuó fuera del plazo legal establecido, generando un retraso de siete días.
Las entidades demandadas, incluido el Ministerio de Educación-FOMAG, la Fiduciaria administradora de los recursos y la Secretaría de Educación del Departamento de Boyacá, presentaron sus contestaciones argumentando, entre otras cosas, falta de legitimación, improcedencia de la sanción moratoria a cargo del FOMAG y ausencia de mora imputable a la entidad territorial.
Decisión de primera instancia
El Juzgado 2° Administrativo de Tunja declaró probada la excepción de falta de legitimación pasiva respecto de la fiduciaria, pero confirmó la responsabilidad de la Secretaría de Educación del Departamento de Boyacá y del FOMAG. Reconoció la existencia del acto ficto por silencio administrativo negativo y...
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