Tribunal Administrativo de Boyacá confirma nulidad parcial y ordena reliquidación por bonificación judicial en la Rama Judicial
Proviene de: Sentencias
15 de mayo de 2026 20:50:44
Providencia emitida por Tribunal Administrativo de Boyacá
La Sala de Decisión No. 2 del Tribunal Administrativo de Boyacá resolvió el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia del Juzgado 404 Administrativo Transitorio del Circuito Judicial de Tunja, que había accedido parcialmente a las pretensiones de la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho presentada por dos funcionarios de la Rama Judicial frente a la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial.
Antecedentes fácticos y procesales
Los funcionarios demandantes, que desempeñan cargos de Secretaría y Oficial Mayor en juzgados de la Rama Judicial, solicitaron declarar inconstitucional la expresión contenida en el artículo 1º del Decreto 383 de 2013 que establece que la bonificación judicial "constituirá únicamente factor salarial para la base de cotización al Sistema General de Pensiones y al Sistema General de Seguridad Social en Salud". Además, pidieron la nulidad de actos administrativos que negaron la reliquidación de sus prestaciones sociales y cesantías teniendo en cuenta dicha bonificación como factor salarial.
El Juzgado 404 Administrativo Transitorio admitió la demanda y, tras analizar el caso, declaró la nulidad parcial de los actos administrativos cuestionados y ordenó la reliquidación de las prestaciones sociales incluyendo la bonificación judicial como factor salarial. La entidad demandada apeló esta decisión.
Consideraciones jurídicas y fundamento de la decisión
El Tribunal Administrativo de Boyacá ratificó la competencia para resolver el recurso de apelación y centró su análisis en determinar si la bonificación judicial creada por el Decreto 383 de 2013 debe reconocerse como factor salarial para todos los efectos legales o únicamente para la base de cotización a pensiones y salud, como sostiene la entidad.
El tribunal...
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